Abad Navalón, Augusto
Ficha
Apellidos y Nombre
Abad Navalón, Augusto
Sexo
Hombre
Fecha de nacimiento
septiembre 28, 1909
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Profesión
Labrador Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
Fecha de afiliación UGT
septiembre 1, 1934
Cargos desarrollados en UGT
Miembro afiliado de la UGT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Cuenca
Nº causa/s
Procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 1559/39, convertido en Procedimiento Sumarísimo Ordinario, desde el 28 de julio de 1940.
Imputación delito
Auxilio a la rebelión
Sentencia
20 años de reclusión menor
Cárcel/cárceles
Cárcel Seminario de Cuenca Ver todo fichas con este valor
Prisión del Monasterio de Uclés (Cuenca) Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
No
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de la Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
"Que Augusto Abad Navalón con anterioridad al Movimiento era de ideas izquierdistas y como tal pertenecía a la sindical de la UGT. Una vez estallado este tomó parte en la quema y saqueo y destrucción de la Iglesia y Ermitas haciendo guardias armadas. El día 31 de julio de 1936 en ocasión de presentarse unas milicias a detener a D. Timoteo Herráiz Jarabo les acompañó, enseñándoles el domicilio donde vivía siendo más tarde este señor fusilado"
Observaciones
Hijo de Plácido y de Gumersinda
Sirvió en el ejército con carácter forzoso entre el 16 de septiembre de 1939 y el 30 de marzo de 1939.
Soldado en la 54 Brigada, 214 Batallón, 213 Batallón y Compañía de Pósito. Se presenta a las autoridades en Órgiva, el 30 de marzo de 1939.
Soldado en la 54 Brigada, 214 Batallón, 213 Batallón y Compañía de Pósito. Se presenta a las autoridades en Órgiva, el 30 de marzo de 1939.
Reducido a prisión el 13 de septiembre de 1939, se hace ejecutoria la sentencia el 14 de septiembre de 1942.
Solicita conmutación de pena, acogiéndose a la orden del 25 de enero de 1940, que le es denegada el 26 de marzo de 1942.
Solicita conmutación de pena, acogiéndose a la orden del 25 de enero de 1940, que le es denegada el 26 de marzo de 1942.