Jiménez Martín, José Manuel
Ficha
Apellidos y Nombre
Jiménez Martín, José Manuel
Fecha de nacimiento
octubre 29, 1916
Lugar de nacimiento
Cabezas de Villar
Provincia de nacimiento
Profesión
Dependiente de comercio Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PSOE
PSOE
Cargos desarrollados en UGT
Militante de la organización clandestina en Madrid
Nº causa/s
Sumario 49.392 y 134.683
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de la Defensa
Observaciones
Miembro de la UGT y afiliado a la AS de Madrid desde 1935. Al producirse le golpe de Estado de julio de 1936 se incorporó al Batallón de la Juventud Campesina de la JSU siendo responsable de la Sección de reclutamiento. En diciembre de ese mismo año fue nombrado comandante de milicias y desde febrero de 1937 perteneció al Estado Mayor de la 32 Brigada Mixta combatiendo en los frentes de Robledo y Brunete en Madrid y Belchite y Fuentes del Ebro en Aragón. En diciembre de 1937 ascendió a jefe de su Brigada interviniendo en Teruel hasta enero de 1938 que pasó a Montalbán y Utrillas y en marzo de ese año a Albocacer (Castellón). En noviembre de 1938 marchó al frente de Extremadura al mando de la División Miguel Gallo donde permaneció hasta febrero de 1939. Fue detenido en el puerto de Alicante el 29 de marzo de ese mismo año y trasladado a Madrid donde fue condenado a la pena de muerte en Consejo de Guerra celebrado en noviembre de 1939. Le fue conmutada la pena por la inferior de 30 años y sucesivamente por la de 20 y 12 años de prisión. Salió en libertad vigilada desde la cárcel de Yeserías en marzo de 1944. Perteneció a la organización socialista clandestina de Madrid bajo el mandato de la Primera y Segunda Comisiones Ejecutivas del PSOE en el interior presididas por Juan Gómez Egido y Eduardo Villegas Vega respectivamente. Fue detenido el 12 de abril de 1945 siendo puesto en libertad y de nuevo el 12 de febrero de 1946 durante las detenciones que desarticularon parcialmente el Comité local de la AS de Madrid. Fue puesto en libertad el 1 de marzo siguiente sin resultar procesado.