Merino García, Silvestre

Ficha

Apellidos y Nombre

Merino García, Silvestre

Fecha de nacimiento

diciembre 31, 1904

Lugar de nacimiento

Calera y Chozas

Provincia de nacimiento

Profesión

Pescador y jornalero

Organizaciones de militancia

UGT
PSOE

Cargos desarrollados en UGT

Miembro de la UGT de Calera y Chozas (Toledo)

Nº causa/s

Causa nº 107, leg. 2.639

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de la Defensa

Observaciones

Miembro de la Sociedad de Agricultores de Calera (FNTT-UGT) entre 1931 y 1933 y de nuevo desde febrero de 1936. En 1934 se afilió a Acción Popular-CEDA. Al producirse el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 fue uno de los trabajadores armados en la localidad como milicianos. Abandonó Calera y Chozas a finales de agosto de 1936, ante la llegada de las tropas sublevadas, que tomaron el municipio el 2 de septiembre de ese año. Se trasladó a la entonces Talavera del Tajo (que cayó en manos rebeldes un día después) y a otras localidades de la provincia de Toledo, estableciéndose definitivamente en Belvís de la Jara, donde trabajó como jornalero de su Consejo Municipal. Allí fue reclutado como guía de guerrilleros de la 159ª Brigada, unidad que efectuó acciones de guerra de guerrillas en el Frente del Tajo, en el sector de Calera y Chozas. El 30 de mayo de 1938 fue movilizado su reemplazo, ingresando en la 194ª Brigada Mixta del Ejército Popular (creada en esas fechas) en Orgaz (Toledo), realizando la instrucción militar en el castillo de Guadalerza (Los Yébenes), Siruela (Badajoz) y Valdemanco del Esteras (Ciudad Real). Con esta unidad, dentro de la 1ª Compañía del 744º Batallón, fue destinado al Frente de Extremadura. Desertó a Zona franquista el 2 de diciembre de 1938, en el sector de Castuera (Badajoz), siendo internado en el campo de concentración de Mérida. Procesado por su militancia socialista, fue condenado a 12 años de prisión por el Consejo de Guerra Permanente de Badajoz el 10 de junio de 1939. Cumplió condena en la Prisión Provincial de Bilbao. El 29 de julio de 1943 la pena fue conmutada a dos años de reclusión, siendo puesto en régimen de prisión atenuada y regresando a su localidad natal.

Fotografía: Archivo fotográfico FPI

Conjuntos de fichas