Cuena González, Esteban

Ficha

Apellidos y Nombre

Cuena González, Esteban

Sexo

Hombre

Fecha de nacimiento

1896

Lugar de nacimiento

Alpedrete

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT
PSOE

Cargos desarrollados en UGT

Tesorero de la UGT de Alpedrete (Madrid)

Tribunal/es juzgador

Consejo de Guerra Permanente nº8 de El Escorial (30/5/1939)
Consejo de Guerra Permanente nº8 de El Escorial (5/9/1939)

Nº causa/s

Sumario 20.536

Imputación delito

Adhesión a la rebelión (30/5/1939)
Adhesión a la rebelión (5/9/1939)

Sentencia

30 años de reclusión mayor (30/5/1939)
30 años de reclusión mayor (5/9/1939)

Penas accesorias

Suspensión de todo cargo durante la condena, abono de la prisión preventiva y responsabilidad civil

Cárcel/cárceles

Prisión de El Escorial (Madrid)
Prisión de El Cisne (Madrid)
Prisión Central de Burgos
Prisión de Celanova (Orense)
Prisión de Tarragona

Años de cárcel cumplidos

4 años, 3 meses, 15 días

Conmutación de pena

Pena tras la conmutación

12 años y 1 día de reclusión menor

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de la Defensa
Archivo Militar de Guadalajara. Sección: Ordinarias, Caja 1142, Expediente 90662
AGA/Alcalá de Henares (Prisiones)

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

"Miembro de UGT desde antes de la guerra civil. Fue tesorero de la misma. Miembro del Comité de Alpedrete en la guerra civil".

Observaciones

Hijo de Celestino y Ceferina. Miembro de la UGT de Alpedrete (Madrid), de la que fue tesorero. Alguacil del ayuntamiento de dicha localidad hasta junio de 1938. Finalizada la guerra civil fue detenido el 18 de abril de 1939 cuando tenía 42 años, acusado de "pertenencia al comité y colectividad de Alpedrete, implicados en actividades propagandísticas y destierro de personas de derechas de la localidad".
En Consejo de Guerra celebrado en El Escorial (Madrid) el 30 mayo de 1939 fue condenado a 30 años de reclusión. Esta sentencia se declara nula y sin valor legal algunos por el “incumplimiento de los trámites expresados (requisitos esenciales de Instrucción de la defensa y notificación a los procesados de los nombres del presidente y vocales del Consejo de Guerra, con asistencia del defensor)” el 7 de junio de 1939. El 5 de septiembre de 1939 vuelve a celebrarse un nuevo consejo de guerra que ratifica la sentencia de 30 año de prisión. Esta pena será conmutada por la de 12 años y 1 día el 17 julio de 1943.
Estuvo internado en las prisiones de El Escorial, Cisne (Madrid), Central de Burgos (26 diciembre 1939 a octubre 1940), Celanova-Orense (4 octubre 1940 a septiembre 1942) y Tarragona desde el 1 de octubre de 1942 hasta el 16 de julio de 1943 que salió en libertad condicional, fijando su residencia en Madrid en la calle Ventura Rodríguez, 16.

Conjuntos de fichas