Millás Blanco, Enrique
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Millás Blanco, Enrique
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Sexo
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Hombre
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Fecha de nacimiento
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11 agosto 1906
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Lugar de nacimiento
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Santa Elena
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PCE
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Fecha de afiliación UGT
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1936
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Tribunal/es juzgador
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Consejo de Guerra Permanente de Valencia
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Nº causa/s
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Sumario 714
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Imputación delito
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Rebelión militar y pertenencia a organización clandestina
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Sentencia
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2 años de prisión
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Penas accesorias
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Suspensión de todo cargo, profesión, oficio y sufragio durante el tiempo de la condena
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Años de cárcel cumplidos
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2 años, 4 días
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico para la Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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"Se ocupa una imprenta completa y periódicos Mundo Obrero [...] a los componentes del sector nº 10 (Grao), detenidos por organización y propaganda ilegal con auxilio a grupos armados”.
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Observaciones
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Hijo de Antonio y Josefa.
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Residente de Valencia en la Avenida del Puerto, 234.
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Antes de la guerra ejerció como mecánico en Cardenete (Cuenca) en la contrata que su padre tenía en la línea de ferrocarril de Cuenca a Utiel y, dedicado a estas actividades, le sorprendió el inicio de la guerra
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Pasó posteriormente a formar parte de la Compañía de Construcciones “Sociedad Ibérica” en donde continuó trabajando como mecánico hasta mediados del año 1938, fecha en la que fue movilizado.
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Ingresó como soldado en el 9º Cuerpo del Ejército, estando en distintas poblaciones, siendo Jaén el último destino. Fue detenido aquí por un espacio de 6 a 7 días hasta que gracias a una serie de avales fue puesto en libertad. Se reincorporó como mecánico a la Sociedad Ibérica, sitio en el que ha trabajado hasta su detención.
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Adscrito al radio comunista nº 1 del sector 10, era uno de los miembros que recibía la propaganda por parte del secretario de "agitprop".
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Fue procesado y puesto en prisión preventiva el 30 de noviembre de 1946. Se encontró en régimen de incomunicación hasta el 6 de diciembre de 1946.
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El consejo de guerra celebrado el 28 de noviembre de 1948 le condena a 2 años de prisión por rebelión militar y pertenencia a organización clandestina. Salió en libertad el 30 de noviembre de 1948 de la Prisión Celular de Valencia por haber cumplido la pena en prisión preventiva.
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Aun estando en libertad, tuvo la obligación de no cambiar de domicilio sin previo conocimiento del juzgado y atender a cuantos llamamientos hiciera el mismo.