Martínez Martínez, Ángel
Ficha
Apellidos y Nombre
Martínez Martínez, Ángel
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Cantabria Ver todo fichas con este valor
Profesión
Tornero mecánico Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PCE
Fecha de afiliación UGT
mayo 1936
Cargos desarrollados en UGT
Miembro afiliado de la UGT
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente nº 3 de Madrid
Nº causa/s
Sumario 111.601
Imputación delito
Delito contra la ley de Seguridad del Estado
Sentencia
Pena de muerte
Penas accesorias
Abono de la prisión preventiva, suspensión de cualquier cargo durante la condena y responsabilidad civil
Cárcel/cárceles
Campo de concentración de Albatera (Alicante) Ver todo fichas con este valor
Prisión Provincial de Santander Ver todo fichas con este valor
Prisión de Conde de Peñalver (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Prisión Central de Burgos Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
30 años de prisión mayor
Indulto
Sí
Fecha indulto
1950
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico para la Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
"Celebración de reuniones en la calle Hernani [...] de los miembros de la Comisión Nacional Reorganizadora afecta al PCE".
Observaciones
Hijo de Telésforo y Benita.
Vecino de Madrid en la calle de Fernán González.
La guerra le sorprende en Lleida, realizando unos trabajos por cuenta de la casa francesa en la que estaba colocado. Continuó trabajando en una fábrica de jabón (al parecer dedicado al transporte) hasta que fue llamado a filas en marzo de 1938.
Fue hecho prisionero en Alicante, a donde se dirigió con la intención de exiliarse. Permaneció un mes en el campo de concentración de Albatera cuando fue trasladado a Santander, donde estuvo recluido en la prisión provincial de esta ciudad.
Un año después fue puesto en libertad provisional, con la obligación de presentarse a las auditorías de guerra de Lleida, Barcelona y Girona. Una vez cumplidos estos requisitos, consiguió la libertad definitiva.
Fue detenido el 22 de febrero de 1942, ingresando en los calabozos de la Dirección General de Seguridad. El 6 de marzo de ese mismo año es trasladado a la Prisión de Porlier.
El consejo de guerra celebrado el 5 de junio de 1943 le condena a pena de muerte por un delito contra la seguridad del estado. Posteriormente, esta pena será conmutada por la de grado inferior el 22 de octubre de 1943.
A finales de los años 50 se le concede el indulto de la tercera parte de la pena impuesta. Sale en libertad fijando su residencia en Burgos el 2 de abril de 1960.