Amilibia Machinbarrena, Ramón
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Amilibia Machinbarrena, Ramón
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PSOE
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PCE
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Fecha de afiliación UGT
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1931
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Fecha de afiliación PSOE
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1932
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Tribunal/es juzgador
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Consejo de Guerra Permanente nº 3 de Madrid (111.601)
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Juzgado nº 1 de Santander (174/37)
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Nº causa/s
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111.601
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174/37
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Imputación delito
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Delito contra la seguridad del Estado (111.601)
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Adhesión a la rebelión (174/37)
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Sentencia
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Pena de muerte (111.601)
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Pena de muerte (174/7)
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Ejecución
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No
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Penas accesorias
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Abono de la prisión preventiva, suspensión de cualquier cargo durante la condena y responsabilidad civil
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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30 años de prisión mayor (111.601)
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Reclusión perpetua (174/37)
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3 años de prisión (174/37)
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico para la Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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"Celebración de reuniones en la calle Hernani [...] de los miembros de la Comisión Nacional Reorganizadora afecta al PCE".
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Observaciones
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Hijo de Eustasio y María del Coro,
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Afiliado a la UGT en el año 1931 en la sección de empleados de oficina,
desempeñando los cargos de vocal y secretario. En 1932 ingresa en el PSOE perteneciendo a este partido durante un año aproximadamente. A finales de 1934 se afilia al PCE.
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Al comienzo de la guerra se encontraba en San Sebastián, donde prestó servicios de carácter burocrático en la Comisaría de Guerra de Guipúzcoa en la sección de salvoconductos. Más tarde pasó a la organización de abastecimiento del ejército, quedando por espacio de 9 meses al frente de los servicios de Intendencia del sector central del Frente Norte, con residencia en Eibar.
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Antes de llevarse a cabo la reorganización del ejército republicano, fue designado por su empleo con la denominación de comandante y, más tarde, obtuvo la graduación de teniente del ejército en cuyo cargo permaneció hasta ser hecho prisionero en Santander durante la retirada.
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Pasó al campo de concentración de Corbán y un mes más tarde, al penal de Santoña donde fue juzgado y condenado a muerte (sumario 174/37), pero ésta fue conmutada por la de reclusión perpetua. En el mes de agosto de 1938 fue enviado al Penal de Santa María y, tras un año de permanencia, trasladado a la Fortaleza de Pamplona.
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Revisada su causa y la pena, que fue reducida a 3 años, fue puesto en libertad en septiembre de 1940, con la residencia fijada en Rentería en la calle de Uranzu, 2.
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Fue detenido de nuevo en Vigo, donde permanecía oculto en la casa de otro de los encausados en el sumario 111.601 en el año 1942. Ingresa en la Prisión Provincial de Madrid el 25 de abril de 1942 y el 27 de abril de ese mismo año se encuentra a disposición del juzgado en la Prisión de Porlier.
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El consejo de guerra celebrado el 5 de junio de 1943 le condena a pena de muerte por un delito contra la seguridad del estado. Posteriormente, ésta pena será conmutada por la de grado inferior el 22 de octubre de 1943. El 1 de abril de 1951 hace entrega de 2.850 pesetas en concepto de multa.