Acero Cervera, Manuel
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Acero Cervera, Manuel
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PSOE
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Fecha de afiliación PSOE
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1934
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Tribunal/es juzgador
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Consejo de Guerra Permanente nº 5 de Madrid
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Juzgado Militar Eventual n.º 11 de Madrid
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Nº causa/s
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Consejo de Guerra Permanente nº 5 de Madrid: Sumario 17.256
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Juzgado Militar Eventual n.º 11 de Madrid: Sumario 112.436
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Imputación delito
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Consejo de Guerra Permanente nº 5 de Madrid: Auxilio a la rebelión
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Sentencia
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Consejo de Guerra Permanente nº 5 de Madrid: 12 años y 1 día de prisión menor
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Juzgado Militar Eventual n.º 11 de Madrid: sobreseimiento
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Penas accesorias
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Suspensión de todo cargo durante la condena, abono de la prisión preventiva y responsabilidad civil
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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6 años y 1 día de prisión menor
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Observaciones
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Hijo de Pedro y Basilia.
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Entró a prestar servicios en el matadero en el año 1924 y fue despedido por trabajar también para particulares. Al advenimiento del dictadura de Berenguer se acogió a una amnistía y fue readmitido, continuando en el mismo cargo hasta el año 1938. Desde diciembre de 1936 fue vocal del Comité del mencionado matadero hasta que dejó de trabajar en este.
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En agosto de 1938, fue destinado al Servicio de Información Militar al cargo de vigilante, y, posteriormente, de jefe de trabajo número 1 situado en las inmediaciones del pueblo de Ambite (Guadalajara). El encartado alega en su declaración haber dado un trato favorable a los presos de derrechas de este campo, los cuales lo afirman firmando un aval en su favor.
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Detenido en la Prisión de Santa Engracia desde el 16 de mayo de 1939. Ingresó en el Hospital Penitenciario de Madrid el 28 de junio de ese mismo año.
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El consejo de guerra celebrado el 11 de octubre de 1939 le condena por un delito de auxilio a la rebelión a 12 años y 1 día de prisión. Después del consejo de guerra fue trasladado a la cárcel de Yeserías hacia noviembre de 1939.
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La pena original fue conmutada el 20 de febrero de 1941 por la de 6 años y 1 día de prisión menor.
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En 1943, se vuelve a abrir un prroceso contra él, en el cual se adjunta un expediente de depuración de trabajo. Se envía al encartado desde la Prisión celular de Valencia al depósito Municipal de Liria y de ahí a la Prisión provincial de Madrid, el 25 de enero de 1943, para que preste declaración para este segundo proceso. El caso es sobreseído por encontrarse ya en la cárcel y es devuelto a la Prisión Celular de Valencia.
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Recibe la libertad condicional el 31 de mayo de 1943.
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Depuración laboral
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Sí
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Nº Expediente depuración laboral
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4/446