Acevedo Domínguez, Adolfo
Ficha
Apellidos y Nombre
Acevedo Domínguez, Adolfo
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
La Garrovilla
Provincia de nacimiento
Badajoz Ver todo fichas con este valor
Profesión
Dependiente de comercio Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PSOE
Fecha de afiliación UGT
marzo 1935
Fecha de afiliación PSOE
mayo 1936
Cargos desarrollados en UGT
Miembro afiliado de la UGT
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente de Mérida
Nº causa/s
Sumario 36.939
Imputación delito
Adhesión a la rebelión
Sentencia
Pena de muerte
Ejecución
No
Cárcel/cárceles
Campo de concentración del Manicomio (Alcalá de Henares) Ver todo fichas con este valor
Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Prisión Habilitada de Santo Domingo (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
30 años de prisión mayor
20 años y 1 día de prisión mayor
Indulto
Sí
Fecha indulto
noviembre 19, 1947
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Pertenecía al PSOE y a la UGT. Era Guardia Municipal de esta Plaza nombrado por el ayuntamiento marxista después de las elecciones de febrero interviniendo en detenciones y saqueos”.
Observaciones
Hijo de Primitivo y Beatriz.
Vecino del Puente de Vallecas (Madrid).
Ingresó en el ejército republicano en octubre de 1936 de manera voluntaria en el 2º Batallón “Margarita Nelken”. Ascendió a sargento en dicho mes por necesidades de servicio; a teniente en diciembre de ese mismo año por la misma causa y a capitán en abril de 1937 habiendo actuado en los frentes del centro.
Fue recluido en el campo de concentración del Manicomio (Alcalá de Henares) el 18 de agosto de 1939. El 10 de enero de 1940 es trasladado a los Talleres penitenciarios de Alcalá de Henares.
El consejo de guerra celebrado el 13 de junio de 1940 le condena por un delito de adhesión a la rebelión a pena de muerte. Posteriormente, la pena original será conmutada por la de inferior grado. La condena será conmutada de nuevo, esta vez por la de 20 años y 1 día de prisión.
Obtiene el indulto el 19 de noviembre de 1947. Se encontraba en libertad el 5 de diciembre de 1947, fijando su residencia en Villa de las Cruces (Pontevedra).