Riveiro Rodríguez, Antonio
Ficha
Apellidos y Nombre
Riveiro Rodríguez, Antonio
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Profesión
Hortelano Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente nº8 de El Escorial (30/5/1939)
Consejo de Guerra Permanente nº8 de El Escorial (5/9/1939)
Nº causa/s
Sumario 20.536
Imputación delito
Excitación a la rebelión militar (30/5/1939)
Excitación a la rebelión militar (5/9/1939)
Sentencia
6 años y 1 día de prisión mayor (30/5/1939)
6 años y 1 día de prisión mayor (5/9/1939)
Penas accesorias
Suspensión de todo cargo durante la condena, abono de la prisión preventiva y responsabilidad civil
Cárcel/cárceles
Prisión de San Lorenzo de El Escorial Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
6 años de prisión menor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Observaciones
Hijo de Manuel y Joaquina.
Vecino de Alpedrete, localidad en la que residía desde el año 1924 aproximadamente, procedente de Portugal.
Durante la guerra sólo realizó algunos servicios de armas en el pueblo entre septiembre y octubre de 1936, dedicándose más tarde a su trabajo en la huerta hasta la finalización de la contienda.
Ingresó en la prisión de San Lorenzo del Escorial el 18 de abril de 1939, acusado de "pertenencia al comité y colectividad de Alpedrete, implicado en actividades propagandísticas y destierro de personas de derechas de la localidad".
El consejo de guerra celebrado el 30 de mayo de 1939 le condena por un delito de excitación a la rebelión militar a 6 años y 1 día de prisión mayor. Esta sentencia se declara nula y sin valor legal algunos por el “incumplimiento de los trámites expresados (requisitos esenciales de Instrucción de la defensa y notificación a los procesados de los nombres del presidente y vocales del Consejo de Guerra, con asistencia del defensor)” el 7 de junio de 1939. El 5 de septiembre de 1939 vuelve a celebrarse un nuevo consejo de guerra que ratifica la sentencia de 6 años y 1 día de prisión.
La pena original será conmutada el 18 de enero de 1944 por la de 6 años de prisión menor. Al salir de prisión, fijará su residencia en Revenga (Segovia).