Rodríguez Pinilla, Lorenzo

Ficha

Apellidos y Nombre

Rodríguez Pinilla, Lorenzo

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Cargos desarrollados en UGT

Secretario de la Casa del Pueblo de Coca (Segovia)

Tribunal/es juzgador

Consejo de Guerra Ordinario de Segovia

Nº causa/s

Sumarísimo n.º 689

Imputación delito

Rebelión militar

Sentencia

30 años de R.M.

Cárcel/cárceles

Prisión provisional de Segovia
Prisión Fuerte de San Cristóbal - Pamplona (Navarra)

Conmutación de pena

Pena tras la conmutación

12 años y 1 día

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

Secretario de la Casa del Pueblo. Acusado de incitar a levantar los carriles de la estación férrea de esta ciudad al inicio de la guerra. Que este junto a otros fue por el pueblo exigiendo armas a sus convecinos y a los guardias civiles que había en el cuartel, así como herramientas de la vía que utilizaron para desatornillar las vías que pasaban por el puente.

Observaciones

El día que estalló la guerra este junto a otros, por orden de un bando del alcalde, fueron a que todos los vecinos entregasen las armas que tuviesen con motivo de salvaguardar el orden en el municipio, así como vigilar las carreteras y los edificios públicos, y así lo hizo en un camino con un revólver que le entregaron. Fue también junto con otros a las vías del tren cuando se encontraron a varios individuos forasteros aflojando los tornillos de las vías, y como había familias fuera del pueblo que estos querían que volvieran les convencieron para que cesasen en sus actos y así lo hicieron, sin que él participase en el levantamiento de las vías. Cuando las fuerzas sublevadas entraron a Coca él se encontraba trabajando y cuando le citaron en el ayuntamiento devolvió el revólver
Detenido en la prisión provisional de Segovia el 3 de Octubre de 1936.
Condenado el día 21 de abril de 1937 en Segovia a la pena de 30 años de reclusión mayor por un delito de rebelión militar. Fue enviado al Fuerte de San Cristóbal tras la sentencia.
Pena conmutada a 12 años y 1 día el 2 de noviembre de 1940. En libertad condicional el 23 de noviembre de 1943.

Conjuntos de fichas