González Valdearcos, Concepción
Ficha
Apellidos y Nombre
González Valdearcos, Concepción
Sexo
Mujer
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Profesión
Sus labores Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PCE
AMA
Cargos desarrollados en UGT
Miembro afiliada al Sindicato de Oficios Varios de la UGT
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente nº7 de Madrid (12/8/1939)
Consejo de Guerra Permanente nº12 de Madrid (23/9/1939)
Nº causa/s
Sumario 10.838
Sumario 21.742 (agregado al 10.838)
Imputación delito
Rebelión militar (12/8/1939)
Rebelión militar (23/9/1939)
Sentencia
12 años y 1 día de reclusión menor (12/8/1939)
12 años y 1 día de reclusión menor (23/9/1939)
Penas accesorias
Suspensión de todo cargo durante la condena, abono de la prisión preventiva y responsabilidad civil
Cárcel/cárceles
Cárcel de Mujeres de Ventas (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Observaciones
Hija de Genaro y Manuela.
Domiciliada en la Colonia Buenavista (también conocida como "Primo de Rivera"), en la calle Guerrero y Mendoza, 25.
Afiliada a la UGT en el Sindicato de Oficios Varios antes de la guerra y al PCE después del comienzo de ésta.
Fue detenida el 16 de mayo de 1939, fecha en la que también ingresó en la cárcel de Ventas. Estaba acusada principalmente de haber pertenecido al Comité de la Colonia donde residía.
Niega haber intervenido en el incendio de la Iglesia del Pilar, sita en la calle Cartagena. Tampoco haber sido directora del grupo comunista “Avanti”, ni recaudadora de “Pro Konsomol”, aunque reconoce que alguna vez vendió el periódico del Socorro Rojo Internacional “Ayuda”. Indica que fue secretaria durante poco tiempo de la organización “Mujeres Antifascistas de la Prosperidad” y creadora de los “Pioneros de la Colonia”.
El consejo de guerra celebrado el 12 de agosto de 1939 condena a Concepción a 12 años y 1 día de prisión por un delito de rebelión militar. Se celebró otro nuevo consejo de guerra el 23 de septiembre de ese mismo año debido a "la omisión de los requisitos esenciales de instrucción de la defensa y notificación a los procesados de los nombres del presidente y vocales del consejo de guerra". El tribunal volvió a fallar la anterior condena para la procesada.