Robles Montoro, Eusebio
Ficha
    
        
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        Apellidos y Nombre                
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                        Robles Montoro, Eusebio
                                            
        
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        Sexo                
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                        Hombre
                                            
        
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        Organizaciones de militancia                
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                        UGT
                                            
        
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        Cargos desarrollados en UGT                
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                        Miembro afiliado de la UGT
                                            
        
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        Tribunal/es juzgador                
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                        Plaza de Lillo
                                            
        
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        Nº causa/s                
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                        Procedimiento sumarísimo ordinario n.º L-100
                                            
        
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        Imputación delito                
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                        Adhesión a la rebelión
                                            
        
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        Sentencia                
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                        Pena de muerte (sentencia de 27 de junio de 1940)
                                            
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                        Conmutada por una pena de 30 años de reclusión mayor (sentencia ejecutoria el 6 de julio de 1943)
                                            
        
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        Penas accesorias                
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                        Interdicción civil e inhabilitación absoluta
                                            
        
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        Años de cárcel cumplidos                
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                        6 años, 6 meses, 21 días
                                            
        
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        Conmutación de pena                
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                        Sí
                                            
        
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        Pena tras la conmutación                 
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                        30 años de reclusión mayor (restando el tiempo ya sufrido en prisión preventiva)
                                            
        
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        Indulto                
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                        Sí
                                            
        
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        Fecha indulto                
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                        7 febrero 1946
                                            
        
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        Fuentes documentales del proceso                
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                        Archivo General e Histórico de la Defensa
                                            
        
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        Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista                
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                        “afiliado a la sindical UGT con anterioridad al Movimiento Nacional fue elemento armado a las órdenes de las autoridades rojas de Villatobas practicando guardias y detenciones (…), se le acusa que intervino en la manifestación del día ventitres de mayo del año mil novecientos treinta y siete de la que resultaron asesinados los vecinos de Villatobas (…)”.
                                            
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                        "que el detenido Eusebio Robles Montoro es un elemento de marcado carácter extremista siendo cierto todos los hechos que en la denuncia constan. Siendo un elemento peligroso para nuevo régimen".
                                            
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                        "el procesado Eusebio Robles Montoro participó en los asesinatos de unos vecinos del pueblo de El Corral de Almaguer que fueron ejecutados en el cementerio de Villatobas".
                                            
        
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        Observaciones                
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                        Los datos corresponden al procedimiento sumarísimo, en origen de urgencia (1939), convertido en ordinario por diligencia de 27 de junio de 1941 n.º L-100 de Plaza de Lillo.
                                            
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                        El procesado se encontraba en prisión preventiva el día 15 de julio de 1939, acusado del asesinato de algunos vecinos de Corral de Almaguer, dos de Villatobas y las detenciones de varias personas de derechas.
                                            
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                        En su declaración de mayo de 1939 tenía 40 años, de estado civil casado y vecino de Villatobas (Toledo). En ella afirma pertenecer a la organización sindical UGT y reconoce haber sido "elemento armado a las órdenes de la comisión gestora, realizando alguna detención en personas de derechas y haciendo guardias", pero niega los asesinatos que se le imputan.
                                            
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                        En la sentencia de fecha 27 de junio de 1940 se solicita la pena de muerte para el procesado, cuyo defensor pretende rebajar a la pena de 12 años y 1 día de reclusión menor. En la sentencia de 8 de noviembre de 1940 se le imputa un delito de adhesión a la rebelión y se le condena a la pena de veinte años y un día de reclusión mayor, con las accesorias correspondientes, y siéndole de abono el tiempo de prisión preventiva sufrida. No obstante, por errores en la condena con respecto a la ley, se le amplía esta a 30 años de reclusión mayor en la sentencia definitiva de 24 de marzo de 1943 por el Consejo de Guerra de Ocaña, haciéndose esta ejecutoria el 6 de julio del mismo año, y estableciendo como fecha fin de la condena el 14 de julio de 1969.
                                            
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                        El 16 de enero de 1946 el defensor del condenado solicita un indulto que le es denegado, pero finalmente se le concede el 7 de febrero de 1946, siendo liberado del Reformatorio de Adultos de Ocaña un día después, con residencia en la misma localidad.
                                            
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                        Hijo de Rito y Fermina