Alcalde Domínguez, Pío
Ficha
Apellidos y Nombre
Alcalde Domínguez, Pío
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Madrid
Provincia de nacimiento
Profesión
Albañil Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
Fecha de afiliación UGT
mayo 1, 1936
Tribunal/es juzgador
Plaza de Madrid
Nº causa/s
Diligencias n.º 18904
Sentencia
Sobreseimiento
Ingreso en un campo de trabajo por sus antecedentes izquierdistas
Cárcel/cárceles
Prisión de Porlier (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Prisión de San Lorenzo Ver todo fichas con este valor
Prisión Príncipe de Asturias en Carabanchel Bajo (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Campo de concentración Miguel de Unamuno (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Que la detención del encartado fue motivada por estar acusado de posible intervención en el asesinato de (…) en unión de otros varios. No habiéndose comprobado esta acusación, si bien parece deducirse que es de ideas izquierdistas; habiendo hecho guardias armado con fusil desde los primeros días del Glorioso Alzamiento. Estando detenido desde el 18 de septiembre de 1939”.
“El citado individuo conocía por la proximidad al domicilio del asesinado (…), la conducta político-social de este, que era militante activo de Acción Popular y cuando llegaron los cinco individuos de la FAI que se llevaron detenidos al sr. (…) estuvo hablando con uno o dos de ellos (…)”.
“a juicio del Juez que suscribe no existiendo motivos, ni haberse demostrado los hechos denunciados, para elevar este procedimiento a Sumarísimo respecto de Pío Alcalde Domínguez, procede el sobreseimiento, o en su caso una sanción gubernativa al Pío por sus antecedentes sin perjuicio de unirlas al Procedimiento que se siga respecto a los otros inculpados”.
Observaciones
Al procesado se le acusa de haber participado en la detención y el asesinato de un vecino el 26 de agosto de 1936, colaborando con militantes de la FAI en el mismo. Él reconoce estar sindicado en la UGT desde el 1º de mayo de 1936, pero niega los hechos y haber interactuado con dichos individuos. Por falta de pruebas, se sentencia el sobreseimiento de la causa contra Pío, pero se le condena al internamiento en un campo de trabajo por sus ideas izquierdistas.
Ingresa en la Cárcel de Porlier el 29 de septiembre de 1939. El 29 de abril de 1940 es trasladado a la Prisión Príncipe de Asturias procedente de la Prisión de San Lorenzo, para más tarde ingresar en el Campo de Concentración “Grupo Unamuno” el 13 de junio de 1940.
No consta fecha del fin de la reclusión, por lo que, al menos, desde el 18 de septiembre de 1939 que es detenido hasta el 13 de junio de 1940, pasó 8 meses y 24 días en prisión.
Hijo de Francisco y Celedonia. Natural de Madrid, con domicilio en la Calle del Barco n.º 10 de Villaverde Alto.
En su declaración del 29 de septiembre de 1939 afirma tener 35 años y estar casado.