Beltrán Ulldemolins, Francisco
Ficha
Apellidos y Nombre
Beltrán Ulldemolins, Francisco
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Castellón/Castelló Ver todo fichas con este valor
Fecha de fallecimiento
septiembre 10, 1944
Profesión
Carbonero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
IR
Cargos desarrollados en UGT
Miembro afiliado de la UGT
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente nº1 de Benicarló - Castellón (Sumario 969)
Nº causa/s
Sumarísimo n.º 969
Imputación delito
Auxilio a la rebelión
Sentencia
20 años
Cárcel/cárceles
Prisión de Benicarló (Castellón) Ver todo fichas con este valor
Prisión Central de Astorga (León) Ver todo fichas con este valor
Años de cárcel cumplidos
2 años, 8 meses, 22 días
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
12 años y 1 día de R.m.
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Archivo Militar de Guadalajara. Sección: Ordinarias, Caja 1135, Expediente 89947
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Antes del GMN era de ideología de izquierda y después se afilió a CNT haciendo guardias por el pueblo y distinguiéndose en la busca de curas por la ribera del río Cantavieja y también en la destrucción de imágenes en la ermita de San Marcos. Aprovechándose de las circunstancias, coaccionó al amo del Carrascal del Molino Royo para que le rebajara el pago del carrascal que le compró para hacer carbón, haciéndole firmar como recibida una cantidad que no había pagado”.
Observaciones
Afiliado después de las elecciones de febrero de 1936 a Izquierda Republicana y UGT, sin desempeñar cargos directivos. Niega haber realizado guardias y haber coaccionado al dueño de “El Carrascal del Molino Royo” a rebajarle el precio de la finca. Indica en su declaración que intervino en el saqueo de la Iglesia de San Marcos “porque se publicó un bando obligando a todos los vecinos a que interviniesen en el mismo, limitándose Francisco a sacar las imágenes y dejándolas en la calle”.
En la Prisión de Partido de Benicarló desde el 5 de septiembre de 1938 que fue detenido. Condenado por el Consejo de Guerra Permanente nº1 de Benicarló el 3 de febrero de 1939 a la pena de 20 años por un delito de Auxilio a la rebelión con circunstancias agravantes de perversidad y trascendencia. Trasladado a la Prisión Central de Astorga el 12 de abril de 1939. El 1 de junio de 1940 se procederá a la conmutación de la pena por la de 12 años y 1 día de reclusión menor. En prisión atenuada el 27 de mayo de 1941. Le fue concedido una petición de cambio de residencia a Morella el 10 de noviembre de 1941.
Fallecido en Morella el 10 de septiembre de 1944.
Hijo de Jaime y Vicenta.