Aguado Arenas, Antonio

Ficha

Apellidos y Nombre

Aguado Arenas, Antonio

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Fecha de afiliación UGT

1934

Fecha de afiliación PSOE

agosto 1938

Tribunal/es juzgador

Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz

Nº causa/s

Sumarísimo nº 10.293

Imputación delito

Auxilio a la rebelión

Sentencia

14 años, 8 meses y 1 día de R.m.

Cárcel/cárceles

Prisión Preventiva de Alcaraz (Albacete)
Prisión Central de Almadén

Años de cárcel cumplidos

4 años, 26 días

Indulto

Fecha indulto

junio 25, 1946

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa

Observaciones

Afiliado a la UGT en 1934 y al PSOE desde agosto de 1938. El estallido de la guerra le sorprendió en Tomelloso donde permaneció sin regresar a su municipio de residencia hasta el 8 de enero de 1937. Según su declaración no participó en los robos ni saqueos ocurridos en el pueblo así como reconoce que durante la guerra ocupó la casa del vecino Amalio Girón, aunque procuró guardar los muebles de este en otras habitaciones. Posteriormente, esta casa fue ocupada por familias de evacuados por lo que no sabe que puede haber ocurrido con los muebles. Fue nombrado Secretario Habilitado del Juzgado Municipal durante toda la guerra, sin embargo niega haber impuesto ninguna multa durante su estancia en el cargo. Tenía una pistola y una escopeta que entregó voluntariamente cuando fue detenido. Fue nombrado en abril de 1937 guardia de campo por el Alcalde.
Detenido el 8 de abril de 1939. Condenado por el Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz a la pena de 20 años de reclusión menor por un delito de auxilio a la rebelión el día 8 de noviembre de 1939. Esta sentencia es declarada nula en pos de ampliar la investigación. Finalmente, se aprueba una segunda sentencia emitida el 14 de marzo de 1940 por el Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz en el que es condenado a la pena de 14 años, 8 meses y 1 día de reclusión menor por un delito de auxilio a la rebelión. Enviado a la Prisión preventiva de Alcaraz y posteriormente a la Prisión Central de Almadén de la cual es liberado condicionalmente el 5 de mayo de 1943. Indultado el 25 de junio de 1946.
Hijo de Mariano y Eulogia. Vecino de Ossa de Montiel.

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