León Cuenca, Juan
Ficha
Apellidos y Nombre
León Cuenca, Juan
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Albacete Ver todo fichas con este valor
Profesión
Albañil Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PCE
Cargos desarrollados en UGT
Secretario de la Sección de Trabajadores de la Tierra de la UGT de Ossa de Montiel
Tesorero del Consejo Obrero de Ossa de Montiel
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz - Albacete (Sumarísimo 10293)
Nº causa/s
Sumarísimo nº 10.293
Imputación delito
Auxilio a la rebelión
Sentencia
20 años de R.m.
Cárcel/cárceles
Prisión Preventiva de Alcaraz (Albacete) Ver todo fichas con este valor
Prisión de Figueras (Girona) Ver todo fichas con este valor
Años de cárcel cumplidos
4 años, 1 mes, 23 días
Indulto
Sí
Fecha indulto
junio 22, 1949
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Observaciones
Afiliado a UGT con anterioridad al inicio de la guerra y posteriormente al PCE. Secretario de la Sección de Trabajadores de la Tierra de la UGT y tesorero del Consejo Obrero encargado de las fincas incautadas. Fue también presidente del PCE de Ossa de Montiel durante 4 meses. Miembro de la Comisión de Abastos durante un tiempo, niega haber sido secretario del Comité de Ossa. No intervino en la destrucción de las imágenes de la iglesia aunque sí recogió algunos ornamentos y objetos sagrados que se hicieron constar en una nota que fue depositada en el ayuntamiento, quedando dichos objetos bajo llave en la propia iglesia. No intervino en la requisa de muebles ya que esta fue perpetrada por los miembros de Izquierda Republicana. Fue Juez Municipal durante 4 meses formando parte de la Junta que impuso multas a vecinos de derechas. No fue miliciano a las órdenes del comité.
Detenido el 8 de abril de 1939. Condenado por el Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz a la pena de 12 años y 1 día de reclusión menor por un delito de auxilio a la rebelión el día 8 de noviembre de 1939. Esta sentencia es declarada nula en pos de ampliar la investigación. Finalmente, se aprueba una segunda sentencia emitida el 14 de marzo de 1940 por el Consejo de Guerra Permanente de Alcaraz en el que es condenado a la pena de 20 años de reclusión menor por un delito de auxilio a la rebelión. Enviado a la Prisión Preventiva de Alcaraz y posteriormente a la Prisión Celular de Figueras de la cual es liberado condicionalmente el 2 de junio de 1943. Indultado el 22 de junio de 1949.
Hijo de Adolfo y María Antonia. Vecino de Ossa de Montiel.