Agudo López, Antonio

Ficha

Apellidos y Nombre

Agudo López, Antonio

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Fecha de afiliación UGT

junio 1931

Cargos desarrollados en UGT

Directivo de la Casa del Pueblo de Tamurejo

Tribunal/es juzgador

Consejo de Guerra Permanente de Mérida Plaza de Herrera del Duque

Nº causa/s

Procedimiento sumarísimo de urgencia nº 33180

Imputación delito

Rebelión militar

Sentencia

12 años y 1 día de reclusión menor

Cárcel/cárceles

Prisión de Herrera del Duque (Badajoz)
Cárcel de Tamurejo (Badajoz)
Prisión de Seseña (Toledo)

Años de cárcel cumplidos

3 años, 3 meses, 27 días

Conmutación de pena

No

Indulto

Fecha indulto

junio 22, 1949

Fuentes documentales del proceso

Archivo General Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

“Resultando probado y así se declara que el procesado Antonio Agudo López, socialista destacado y de mala conducta, durante el periodo de dominio marxista en Tamurejo, actuó como miliciano voluntario con cuyo carácter prestó servicios de guardias y vigilancia en distintos puntos del pueblo y delató ante los cabecillas marxistas a varios vecinos de significación derechista cuya detención pedía, alistándose finalmente también como voluntario en el ejército enemigo en cuyas filas permaneció hasta el final de la guerra”.

Observaciones

Afiliado, según su propia declaración, a la UGT desde junio de 1931, fue directivo de la Casa del Pueblo de Tamurejo (Badajoz).
En su declaración, econoce haber participado en la detención, durante la guerra, de D. Miguel Agudo. Le condujo, en compañía de otras tres personas, al Ayuntamiento, donde estaba la cárcel. El 2 de octubre de 1936 marchó voluntario a las milicias rojas, incorporándose a la 26 Brigada Mixta, prestando sus servicios como cabo y estando todo la guerra en el frente de Madrid, perteneciendo al Socorro Rojo Internacional durante dos años.
Reducido a prisión el 19 de julio de 1939. Condenado a una pena de doce años y un día de prisión, la sentencia se hizo ejecutiva el 20 de julio de 1940. Ese mismo año le fue denegada la conmutación de pena.
Salió en libertad vigilada de la prisión de Seseña ( en el expediente consta Madrid) el día 18 e noviembre de 1942, fijando su residencia en Tamurejo. En 1949 se encontraba en en libertad vigilada en el municipio de Helechosa de los Montes.
Indultado el 22 de junio de 1949.

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