Aguado Fernández, Nicolás
Ficha
Apellidos y Nombre
Aguado Fernández, Nicolás
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Profesión
Jornalero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
Fecha de afiliación UGT
1933
Tribunal/es juzgador
Consejo de Guerra Permanente nº1 de Ocaña (10/6/1939)
Consejo de Guerra Permanente de Ocaña (16/10/1939)
Consejo de Guerra Permanente nº3 de Ocaña (30/8/1940)
Nº causa/s
Sumario 23.357
Imputación delito
Adhesión a la rebelión (10/6/1939)
Adhesión a la rebelión con agravantes de perversidad y trascendencia (16/10/1939)
Adhesión a la rebelión (30/8/1940)
Sentencia
30 años de prisión mayor (10/6/1939)
Pena de muerte (16/10/1939)
30 años de prisión mayor (30/8/1940)
Ejecución
No
Penas accesorias
Suspensión de todo cargo durante la condena, abono de la prisión preventiva y responsabilidad civil
Cárcel/cárceles
Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) Ver todo fichas con este valor
Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Indulto
Sí
Fecha indulto
mayo 17, 1946
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de la Defensa
Observaciones
Hijo de Agustín y Raimunda.
Ingresó en el Reformatorio de Adultos de Ocaña el 13 de mayo de 1939, acusado de robo de carbón, detención y asesinato. El acusado niega estos hechos, reconociendo que en una ocasión “regañó con Melitón –uno de los asesinados- por cosa de los hijos, amenazándole de muerte con un azadón”, pero que no intervino en ningún momento en los hechos relatados en la denuncia.
El consejo de guerra celebrado el 10 de junio de 1939 le condena por un delito de adhesión a la rebelión a 30 años de prisión mayor. Esta sentencia fue anulada el 29 de junio de 1939 “por no haberse aportado [en la tramitación del sumario] las pruebas necesarias para aclarar determinadas acusaciones que pesan sobre el encartado”.
Se celebró un nuevo consejo de guerra el 16 de octubre de 1939 que condena a Nicolás por un delito de adhesión a la rebelión con agravantes de perversidad y trascendencia a pena de muerte. Se produce una nueva anulación de sentencia el 31 de octubre de 1939 “por omisión de ciertas diligencias precisas para formar juicio suficiente (en relación con la máxima gravedad de los hechos que se consideran probados en la sentencia)”.
Finalmente fue condenado a 30 años de prisión mayor en el consejo de guerra celebrado el 30 de agosto de 1940 por el delito de adhesión a la rebelión.