Cuevas Mateo, Justo

Ficha

Apellidos y Nombre

Cuevas Mateo, Justo

Sexo

Hombre

Fecha de nacimiento

diciembre 23, 1914

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Fecha de afiliación UGT

1936

Tribunal/es juzgador

Consejo de Guerra Ordinario de Ocaña

Nº causa/s

Sumarísimo n.º 2.753

Imputación delito

Auxilio a bandoleros

Sentencia

3 años

Cárcel/cárceles

Prisión Provincial de Albacete
Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo)

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

Afiliado a la UGT al inicio de la guerra. Acusado de prestar ayuda a una partida de maquis en Socuéllamos a finales de mayo de 1946.

Observaciones

Durante la guerra, fue movilizado en el año 1937 y destinado a la 150 Brigada con la que operó en el frente del Jarama hasta un mes antes de finalizar la guerra que se volvió a Socuéllamos.
El 24 o 25 de mayo de 1946, encontrándose este trabajando en la finca “la Médica” del término municipal de Socuéllamos, llegó a la misma una partida de maquis formada por unos 11 individuos que se alojó en el pajar para dormir esa noche, teniéndoles que preparar la cena los que allí se encontraban trabajando. Al día siguiente, y por seguir estos en los alrededores de la finca, volvieron a ella y citaron a todos los moradores de la finca para que se reunieran en la casa de los amos. Una vez allí, señalaron que estos eran “guerrilleros de la república” y que no tenían nada que temer ya que estos no robaban ni mataban a nadie. Tras la reunión, los guerrilleros ordenaron que todos volviesen a sus tareas, y tras ello, y quedarse la partida de maquis con los amos de la finca para que se la enseñasen, llegó una pareja de guardia civiles. Diez minutos después de su llegada comenzó un tiroteo entre los maquis y la guardia civil sin que supiese el declarante como acabó dicho hecho.
Detenido en junio de ese mismo año fue enviado a la Prisión Provincial de Albacete. Enviado al Reformatorio de Adultos de Ocaña. Condenado por el Consejo de Guerra Ordinario de Ocaña a la pena de 3 años de prisión por un delito de auxilio a bandoleros el 25 de mayo de 1950.
Hijo de Julián y Vitoria. Vecino de Socuéllamos en la Calle del Bonillo n.º 22.

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