Pérez Moreno, Mariano
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Pérez Moreno, Mariano
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Sexo
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Hombre
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Fecha de nacimiento
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9 junio 1897
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Fecha de afiliación UGT
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1936
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Tribunal/es juzgador
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Consejo de Guerra Ordinario de Ocaña
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Nº causa/s
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Sumarísimo n.º 2.753
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Imputación delito
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Auxilio a bandoleros
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Sentencia
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3 años
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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Afiliado a UGT al poco tiempo de iniciarse la guerra. Acusado de prestar ayuda a una partida de maquis en Socuéllamos a finales de mayo de 1946.
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Observaciones
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Durante el conflicto prestó servicio en el ejército republicano por la movilización de su quinta. Fue destinado a ala 98 Brigada, destinada en Ciudad real con la que estuvo mes y medio, ya que al poco tiempo de ser movilizado terminó la guerra por lo que volvió a su casa en su pueblo natal.
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El 24 o 25 de mayo de 1946, encontrándose este trabajando en la finca “la Médica” del término municipal de Socuéllamos, llegó a la misma una partida de maquis formada por unos 11 individuos que se alojó en el pajar para dormir esa noche, teniéndoles que preparar la cena los que allí se encontraban trabajando. Al día siguiente, y por seguir estos en los alrededores de la finca, volvieron a ella y citaron a todos los moradores de la finca para que se reunieran en la casa de los amos. Una vez allí, señalaron que estos eran “guerrilleros de la república” y que no tenían nada que temer ya que estos no robaban ni mataban a nadie. Tras la reunión, los guerrilleros ordenaron que todos volviesen a sus tareas, y tras ello, y quedarse la partida de maquis con los amos de la finca para que se la enseñasen, llegó una pareja de guardia civiles. Diez minutos después de su llegada comenzó un tiroteo entre los maquis y la guardia civil sin que supiese el declarante como acabó dicho hecho.
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Detenido en junio de ese mismo año fue enviado a la Prisión Provincial de Albacete. Enviado al Reformatorio de Adultos de Ocaña. Condenado por el Consejo de Guerra Ordinario de Ocaña a la pena de 3 años de prisión el 25 de mayo de 1950.
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Hijo de Pedro y Gregoria. Vecino de Socuéllamos en la Calle Briones n.º 10.