Casero Calero, Manuel
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Casero Calero, Manuel
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Villarrobledo (Albacete)
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Fecha de fallecimiento
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1 julio 1950
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Nº causa/s
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Causa nº 3576 (La Roda)
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14877/9
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Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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Miliciano en los primeros momentos de la guerra. En la primavera de 1937 se incorporó a filas, siendo destinado a Cedrillas (Teruel) y luego a Valencia, siendo declarado inútil total. En 1948, fue procesado nuevamente por un supuesto delito de "auxilio a bandoleros" en Valencia (Causa nº 99), cuando contaba con 35 años. Según consta en la copia de la sentencia de aquel proceso, "a su salida de la cárcel tomó parte en actividades comunistas con destino a la ayuda de los bandoleros, apareciendo en las listas que fueron cogidas a dirigentes comunistas, como encargado de un grupo de recaudación", sabiéndose buscado por la policía, huyó de su domicilio de Albacete y se trasladó a Valencia. Como resultado del proceso, fue condenado a 3 años y un día de prisión menor como autor de un delito de "auxilio a la rebelión" en consejo de guerra ordinario celebrado el 13 de octubre de 1950. Ingresado nuevamente en la Prisión Provincial de Albacete, falleció el día 1 de julio de 1950 en el Hospital Provincial (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 17401/6). Acusado de intervenir en la conducción del falangista Villar, de Albacete, que fue asesinado. Comparten causa: Manuel Casero Calero, Enrique Cebrián Herreros, Joaquín Navarro Simarro, Francisco Parra Martínez, José Picazo García y Juan Tendero Ponce.
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Observaciones
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Miliciano. Voluntario en el Cuerpo de Carabineros
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Enfermo de tuberculosis pulmonar, fue trasladado al Hospital Provincial de Albacete en diciembre de 1940, permaneciendo en él hasta abril de 1941. Se hizo firme la sentencia el 30 de julio de 1943. Dejará extinguida la pena el día 28 de julio de 1969. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha 21 de febrero de 1946.