Gómez Izquierdo, Fidel

Ficha

Apellidos y Nombre

Gómez Izquierdo, Fidel

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Socuéllamos (Ciudad Real)

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Nº causa/s

Causa nº 4519-40 (Alcázar de San Juan)

Imputación delito

Auxilio a la rebelión

Sentencia

12 años y 1 día de reclusión menor. Conmutada por la de 6 años de prisión menor

Cárcel/cárceles

Batallón de Trabajadores nº 23 de Mérida (Badajoz)
Prisión Provincial de Ciudad Real desde el 27 de abril de 1940

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa, legajo 6008
Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra. Encartado también en la Causa nº 457-43 (Albacete), en la que fue procesado por haber participado, supuestamente, en el asalto a Villarrobledo con las milicias (Albacete). Las actuaciones terminaron con el sobreseimiento provisional de la causa, dada la relativa trascendencia de los hechos reseñados (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14520/4). En 1948 fue encartado en otro proceso por un presunto delito de "complicidad con los bandoleros de la sierra", junto a Segunda Parra Quevedo, como miembro de un grupo de resistencia y ayuda a la guerrilla. Ingresó en la prisión provincial de Ciudad Real el 16 de junio de 1948. Fue juzgado en consejo de guerra celebrado en Ciudad Real, el 16 de julio de 1949, a la pena de 8 años de prisión. Se hizo firme la sentencia el 11 de agosto de 1949. Dejaría extinguida la pena el 16 de junio de 1956. De la prisión manchega fue trasladado al Sanatorio Penitenciario Antituberculoso de Cuéllar (Segovia). Se le denegaron cuantos indultos solicitó por reincidente. Se desconoce la fecha exacta en que fue excarcelado, pues la última parte del expediente está sujeta a la ley de protección de datos.

Observaciones

Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 28 de diciembre de 1941. Se celebró el consejo de guerra el 6 de noviembre de 1942, que aprobó la conmutación de la pena por la de seis años de prisión menor. Se hizo firme la sentencia el 4 de febrero de 1943.

Conjuntos de fichas