Hermoso Gómez, Ernesto
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Hermoso Gómez, Ernesto
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Talavera de la Reina (Toledo)
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Organizaciones de militancia
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PCE
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UGT
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Tribunal/es juzgador
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Consejo de Guerra - Talavera de la Reina
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Consejo de Guerra- Albacete
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Nº causa/s
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Causa nº 88 (Talavera de la Reina)
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Causa nº 448-45 - (Albacete)
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Imputación delito
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Auxilio a la Rebelión (Causa nº 88)
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Delito contra la seguridad del Estado. Actividades comunistas (Causa 448-45)
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Sentencia
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12 años y 1 día de reclusión (Causa nº 88)
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No consta (causa nº 448-45)
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14516/3 y caja 14517/1
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Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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Le sorprendió el inicio de la guerra en Talavera de la Reina (Toledo), desempeñando funciones de Secretario Habilitado de Cardiel de los Montes (Toledo) hasta el 3 de septiembre del 36, en que marchó a Madrid. En la capital, durante unos meses desempeñó el cargo de mecanógrafo en el Comité de Auxilio. En diciembre de ese año se incorporó a filas al ser llamada su quinta, ingresando en la 32 Brigada Mixta como soldado con destino en la Banda de Música. A los tres meses fue ascendido a Cabo y trasladado a Albacete para formar el Tercer Batallón de Etapas. Allí permaneció hasta diciembre de 1937 cuando fue trasladado a Segorve (Valencia), después a Mora de Rubilos y otros pueblos hasta el final de la guerra. Secretario de Organización de Socorro Rojo Internacional de la provincia de Albacete. Escribiente en el Jurado Mixto de Talavera de la Reina (Toledo)
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Causa 448-45: Trabajó en la reorganización del Partido Comunista en Albacete, siendo designado siendo designado suplente de la Secretaría de Agitación y Propaganda del Comité Local y enlace entre éste y el Comité Provincial en 1944
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Observaciones
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Al finalizar la guerra, se presentó en el campo de concentración de Albacete, del que fue liberado tras la presentación de avales. Se trasladó a Talavera, donde fue dentenido e ingresado en la prisión local, siendo procesado y condenado el día 8 de octubre de 1941 a la pena de 12 años y un día por un delito de "auxilio a la rebelión" (Causa nº 88, Talavera de la Reina). Salió de su reclusión el día 28 de marzo de 1943 en libertad vigilada.
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Detenido nuevamente, por su relación con el Partido Comunista, fue condenado en consejo de guerra celebrado en Albacete el 4 de marzo de 1948. La sentencia se hizo firme el 1 de mayo de 1948.