Jiménez Hervás, Juan

Ficha

Apellidos y Nombre

Jiménez Hervás, Juan

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Letur (Albacete)

Provincia de nacimiento

Fecha de fallecimiento

noviembre 9, 1939

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Nº causa/s

Causa nº 885-43 (Albacete)

Imputación delito

Atraco a mano armada y deserción

Sentencia

Dos años de recargo en el servicio que cumplía en un batallón de trabajadores por el delito de deserción

Cárcel/cárceles

Prisión de Partido de Hellín (Albacete)
Prisión Provincial de Albacete desde el 14 de octubre de 1943

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14584/14
Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

Al terminar la guerra fue detenido por la Guardia Civil del puesto de Letur (Albacete) por haberse encontrado en su domicilio un arma de caza. Destinado a un Batallón de Trabajadores de Reus (Tarragona), del cual desertó en ocasión de desplazarse el mismo hacia Sevilla, haciéndolo a su paso por Albacete. Se refugió en casa de sus padres, en Letur (Albacete), manteniéndose oculto durante 13 meses. Estando allí, Antonio Sánchez García (que había sido Capitán del ejército republiano en una Brigada Internacional) le instó a marcharse con él a la sierra, oferta que aceptó. En la sierra permaneció un mes más en compañía del citado Antoniohasta que, encontrándose en el término de Elche de la Sierra (Albacete), en agosto de 1943, a requerimiento de sus padres, el procesado se entregó a la Guardia Civil, no así su compañero. Según informe de antecedentes expedido por la Prisión Provincial de Albacete, obrante en el sumario, Juan Jiménez Hervás ingresó en la Prisión Habiltiada de San Vicente (Albacete) el día 31 de mayo de 1940, procedente del depósito municipal de Yeste (Albacete) por la Causa nº 5800, sin que conste delito, siendo puesto en libertad el 7 de enero de1941. Sin embargo, no se ha encontrado respaldo documental a esta información.

Observaciones

En libertad condicional desde el 27 de abril de 1947. Se sobresee la causa seguida contra él con el número 885-43 (Albacete), por considerar no probada la perpetración de delito alguno, pero se le impone un correctivo de 2 años de recargo en la pena que cumplía cuando fue fugado.

Conjuntos de fichas