Luján González, Evencio
Ficha
Apellidos y Nombre
Luján González, Evencio
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Pozo Cañada (Albacete)
Provincia de nacimiento
Albacete Ver todo fichas con este valor
Profesión
Jornalero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
PCE
UGT
Nº causa/s
Causa nº 4682-39 (Albacete)
Imputación delito
Adhesión a la rebelión
Sentencia
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor y nuevamente conmutada en 1943 por la de 20 años y 1 día reclusión mayor
Cárcel/cárceles
Diferentes cárceles (ver observaciones) Ver todo fichas con este valor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14960/8
Portal de víctimas de la dictadura en Castilla-La Mancha
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra, hizo frente a las fuerzas sublevadas en la pedanía albaceteña de Pozo Cañada, tomando parte en el asalto al cuartel de la Guardia Civil. Fue detenido por los sublevados e ingresado en la prisión de Albacete, siendo liberado cuando las fuerzas leales recuperaron la capital manchega. Además, se le acusa de haber ejercido como testigo de cargo en el juicio contra los guardias civiles rebeldes que se siguió en el Tribunal Popular de Albacete, que condenó a muerte a tres de ellos, cumpliéndose la sentencia en dos. Estuvo preso en el Depósito Municipal de Salas de los Infantes (Burgos) / Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) desde el 19 de noviembre de 1941 / Prisión Central de Almadén (Ciudad Real) desde el 21 de enero de 1943 / Prisión Central de Alcalá de Henares (Madrid), desde el 10 de mayo de 1943 / Destacamento Penal de Trabajadores de Chozas de la Sierra (Madrid) desde el 26 de mayo de 1943 / Prisión Provincial de Conde de Peñalver (Madrid) desde el 11 de junio de 1943 / 3ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 9 de agosto de 1943 / Hospital Penitenciario de Yeserías (Madrid) desde el 6 de noviembre de 1943 / Prisión Central de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 29 de marzo de 1944 / 3ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 20 de abril de 1944
Observaciones
Convocado a comparecer a través del Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, fue conducido a Albacete desde el depósito municipal de Salas de los Infantes (Burgos), donde se encontraba detenido. Se celebró un primer consejo de guerra en Albacete, el día 15 de junio de 1940 con idéntica sentencia, aunque ésta no fue ratificada. Ampliadas las diligencias, se repitió el consejo el día 17 de marzo de 1941, cuyo veredicto se hizo firme tras la conmutación de la pena de muerte, el 12 de agosto de 1941. Dejaría extinguida su pena el 9 de septiembre de 1969. La segunda conmutación a 20 años y 1 día, fue ratificada ael 2 de noviembre de 1943, por lo que la pena extinguiría el día 12 de septiembre de 1969. En libertad condicional desde octubre de 1944. Dejó definitivamente cumplida la pena el 8 de febrero de 1947 por Decreto de Indulto de 9 de octubre de 1945, concediéndosele el licenciamiento con efectos retroactivos el 26 de septiembre de 1958.