Gálvez Bravo, Ignacio
Ficha
Apellidos y Nombre
Gálvez Bravo, Ignacio
Sexo
Hombre
Fecha de nacimiento
octubre 22, 1917
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Profesión
Jornalero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
JSU
Fecha de afiliación UGT
1936
Tribunal/es juzgador
Plaza de Madrid
Nº causa/s
889
Imputación delito
Adhesión a la rebelión armada
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Cárcel/cárceles
Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) Ver todo fichas con este valor
Prisión de Conde de Peñalver (Madrid) Ver todo fichas con este valor
Prisión de Ocaña (Toledo) Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
20 años de prisión
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Base de datos de Tomás Calderón
Publicación de Tomás Calderón, El eslabón perdido. Destacamento de Penados y campo de concentración en Mora de Toledo, Madrid, Teleservicios Editoriales, S.L., 2024.
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
Afiliado a UGT y las JSU desde 1936. Perteneció a las milicias de Mora dependientes del Comité de Defensa.
Ingresó voluntario en el ejército republicano en octubre de 1936 en el Batallón Luis Carlos Prestes.
Ingresó voluntario en el ejército republicano en octubre de 1936 en el Batallón Luis Carlos Prestes.
Observaciones
Natural y vecino de Mora, soltero, hijo de Claudio y de María Bravo
Fue ingresado prisionero en el Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) el 14 de junio de 1939 y fue ratificada la misma el 20 de abril de 1942. Trasladado posteriormente a la Prisión Conde Peñalver 65 de Madrid 12 de julio de 1943, posteriormente de vuelta al Penal de Ocaña (mayo de 1943).
Sentenciado en la Plaza de Madrid 21 de diciembre de 1943 en Consejo de Guerra Permanente a la pena de 30 años de reclusión mayor por adhesión a rebelión armada, conmutada por 20 años de reclusión menor en la Plaza de Madrid el 21 de diciembre de 1943 (por voto particular de un ponente del Consejo). Pena ratificada por el Auditor General de Guerra el día 10 de enero de 1944.
Sentenciado en la Plaza de Madrid 21 de diciembre de 1943 en Consejo de Guerra Permanente a la pena de 30 años de reclusión mayor por adhesión a rebelión armada, conmutada por 20 años de reclusión menor en la Plaza de Madrid el 21 de diciembre de 1943 (por voto particular de un ponente del Consejo). Pena ratificada por el Auditor General de Guerra el día 10 de enero de 1944.