Aguilar Blasco, Máximo

Ficha

Apellidos y Nombre

Aguilar Blasco, Máximo

Sexo

Hombre

Fecha de nacimiento

noviembre 18, 1905

Lugar de nacimiento

Casas Bajas

Provincia de nacimiento

Valencia/València

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Tribunal/es juzgador

Plaza de Valencia

Nº causa/s

1936-V

Imputación delito

Adhesión a la rebelión con circunstancias agravantes del reo y trascendencia de los hechos

Sentencia

30 años de reclusión mayor

Cárcel/cárceles

Cárcel Modelo de Valencia

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

“Máximo Aguilar Blasco, de treinta y cinco años, natural y vecino de Casas Bajas, soltero, campesino, de antecedentes izquierdistas con anterioridad al Glorioso Movimiento Nacional, una vez iniciado este actuó como miliciano armado a las órdenes del Comité de Casas Bajas, en el mes de agosto de mil novecientos treinta y seis en unión de otros milicianos fue en busca del sacerdote Don Ramón Fos que se hallaba escondido en los montes próximos interviniendo en su detención entregándole a otros milicianos, los cuales le asesinaron después.”

Observaciones

34 años, soltero, hijo de Pedro y Juliana, vecino de Casas Bajas (Valencia)
Detenido en la cárcel modelo desde el 26 de marzo de 1939
Se inicia el procedimiento el 11 de marzo de 1940. Procesado el 28 de marzo de 1940, es condenado a muerte, con las accesorias en caso de indulto de inhabilitación absoluta e interdicción civil. La sentencia, del 23 de julio de 1940, no se hace efectiva y el sumario es devuelto al juzgado. Una nueva sentencia, de 29 de abril de 1941, le condena a 30 años de reclusión mayor

Incautación de bienes

Bienes incautados

Se envía una providencia al registrador de la propiedad: “Conforme establece el artículo 995 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, proceda a inscribir la prohibición de disponer de los bienes de su pertenencia el penado Máximo Aguilar Blasco, toda vez que el mismo ha sido condenado entre otras cosas a la pena de interdicción civil."