Aguilar Espayarda, Cándido
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Aguilar Espayarda, Cándido
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Seno
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PSOE
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Fecha de afiliación UGT
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1933
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Fecha de afiliación PSOE
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1933
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Valencia
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Nº causa/s
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2968-V-40
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6692
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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Pena de muerte
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Ejecución
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No
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Penas accesorias
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Accesorias, en caso de indulto, de interdicción civil e inhabilitación absoluta
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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30 años de prisión
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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Del Partido Socialista con anterioridad al Glorioso Alzamiento, durante su actuación como elemento del comité de Salud-Pública, se dictaron varias penas de muerte, sin que el encartado tomara parte material en estos asesinatos. Actuó como Alcalde en distintas ocasiones en sustitución del titular, por ser concejal del Ayuntamiento. Como presidente del Comité de Incautaciones intervino en la de la mayor parte de las fincas rústicas enclavadas en el término municipal del pueblo de su vecindad, interviniendo también en la destrucción de imágenes sagradas”.
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Observaciones
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37 años, casado, domiciliado en Valencia, hijo de José y Filomena.
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Se inicia un primer procedimiento (2968-V-40). Finalmente es juzgado en el 6692, en el que es condenado a muerte y posteriormente se le conmuta la pena por la de 30 años de prisión
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En su declaración (junio de 1939) reconoce “ue pertenece a la UGT y Partido Socialista desde 1933. Que fue nombrado miembro del Comité del Frente Popular de Villanueva de Castellón y Presidente del Comité de Incautación de Fincas Rústicas, en cuyo cargo se incautó de más de un centenar de ellas”.
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Tiene la siguiente condena administrativa: “Se provea al Cándido Aguilar de tutor, que se encargue de la administración de sus bienes, quedando privado el interdictado mientras dure la pena que le ha sido impuesta, de los derechos de patria potestad, tutela, participación en el Consejo de Familia, de la autoridad marital, de la administración de sus bienes y del derecho de disponer de los propios por actos entre vivos”.
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Solicitó indulto, que le fue denegado el 5 de agosto de 1946.
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Incautación de bienes
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Sí
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Bienes incautados
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Se le impide, mediante condena civil, la administración de sus propios bienes, obligándole a admitir un tutor para encargarse de ella.