Aguilar González, Juan
Ficha
Apellidos y Nombre
Aguilar González, Juan
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Almendralejo
Provincia de nacimiento
Badajoz Ver todo fichas con este valor
Profesión
Guardia Municipal Ver todo fichas con este valor
Oficial bracero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PSOE
Fecha de afiliación UGT
1930
Fecha de afiliación PSOE
1930
Tribunal/es juzgador
Plaza de Almendralejo
Nº causa/s
2370
Imputación delito
Adhesión a la rebelión militar
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
20 años y 1 día de reclusión mayor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
HECHOS PROBADOS: “Es socialista y afiliado a la Casa del Pueblo desde 1930, al que los socialistas nombraron Guardia Municipal. Estallado el Movimiento Nacional, siguió de Guardia Municipal a las órdenes del alcalde y comité revolucionario, practicando las detenciones de D. Juan Forte Delgado, D. Manuel Lozas Arias, D. Victoriano López Navarrete, D. Agustín López Navarrete y otros. Trataba mal a las personas de derechas tales como a la Sra. e hija de D. Manuel Lozas a quienes amenazó porque se negaban a decir el paradero de dicho señor cuando fue a detenerlo. Se mofaba de las personas que iban a la cárcel a llevar comida a los presos llegando en una ocasión a derribar al suelo a la anciana madre del detenido D. Francisco Blanco.Tomó las armas contra las fuerzas nacionales a las que hizo resistencia armado de un fusil en la Plaza de Toros de esta ciudad, huyendo más tarde a la zona roja y permaneció en ella hasta la terminación de la guerra”.
Observaciones
41 años, casado, vecino de Almendralejo, hijo de Domingo y de Olalla
Estuvo prisionero en Torrija (Castellón), Batallón de fortificación.
Condenado a 30 años de reclusión mayor, por sentencia del 9 de octubre de 1939, el 14 de noviembre de 1942 les es conmutada la pena a 20 años y 1 día de reclusiónmayor.
Condenado a 30 años de reclusión mayor, por sentencia del 9 de octubre de 1939, el 14 de noviembre de 1942 les es conmutada la pena a 20 años y 1 día de reclusiónmayor.