Rubio Sáez, Roberto
Ficha
Apellidos y Nombre
Rubio Sáez, Roberto
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Albacete Ver todo fichas con este valor
Profesión
Jornalero Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
PCE
Fecha de afiliación UGT
1931
Tribunal/es juzgador
Plaza de Alcaraz (Albacete)
Nº causa/s
553
1680
Imputación delito
(nº 553) Auxilio a la rebelión
(nº 1680) Auxilio a la rebelión , con la circunstancia agravante de trascendencia.
Sentencia
(nº 553) 6 años y 1 día de prisión correccional.
(nº 1680) 20 años de reclusión menor.
Cárcel/cárceles
Cárcel de San Vicente, Valencia Ver todo fichas con este valor
Prisión del Partido de Alcaraz (Albacete) Ver todo fichas con este valor
Prisión Central de La Loma, hellín (Albacete) Ver todo fichas con este valor
Conmutación de pena
No
Indulto
Sí
Fecha indulto
octubre 7, 1946
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
(nº 553) “Pertenecía a la UGT con anterioridad al Glorioso Movimiento Nacional y como persona de confianza de los dirigentes prestó desde los primeros momentos servicio de armas, actuando en desarme de las personas de derechas y en diferentes registros domiciliarios, llevando juntamente con otros individuos todos ellos armados a seis guardias civiles al Gobierno Civil de Albacete, que por ello habían ido detenidos previamente, sin que conste que ocurriese con estos guardias”.
(nº 1680) “De antecedentes marxistas y afiliado al partido comunista durante el dominio rojo, fue miliciano armado en Alcaraz, y formó parte del grupo de milicianos que practicó las detenciones del Alcalde y Secretario del Ayuntamiento de Peñascosa, D. José Martínez García y D. Antonio Navalón”.
Observaciones
29 años, vecino de Alcaraz (Albacete), casado, hijo de Santos y María Juana.
En su declaración de 25.04.1940, reconoce su afiliación a la UGT antes del GMN y después al PCE.
(nº 1680) Condenado en sentencia de 26.07.1941.
Solicitó el indulto en 12.08.1946, encontrándose en libertad condicional. Se le concede en 07.10.1946, sin que afecte a las penas accesorias y quedando sin efecto en caso de reincidencia.