Carbonell Guarner, Miguel
Ficha
Apellidos y Nombre
Carbonell Guarner, Miguel
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Provincia de nacimiento
Valencia/València Ver todo fichas con este valor
Fecha de fallecimiento
marzo 8, 1940
Profesión
No consta Ver todo fichas con este valor
Organizaciones de militancia
UGT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Albaida (Valencia)
Nº causa/s
10652
Imputación delito
Auxilio a la rebelión, "con la circunstancia agravante de la peligrosidad de los autores y trascendencia del daño causado".
Sentencia
Pena de muerte
Ejecución
Sí
Fecha ejecución
marzo 8, 1940 19
Lugar ejecución
Campo de Tiro de Paterna (Valencia)
Penas accesorias
Inhabilitación absoluta, perpetua en caso de indulto. Pago de la responsabilidad civil.
Cárcel/cárceles
Cárcel de Albaida (Valencia) Ver todo fichas con este valor
Prisión Celular de Valencia Ver todo fichas con este valor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“De antecedentes izquierdistas, fue durante el Glorioso Movimiento Nacional miembro del segundo Comité rojo y [apenas legible] intervino en el incendio y destrucción de numerosos templos, en robos, saqueos y detenciones, y en los asesinatos de Rafael y Pedro Cucarella Grau, Pascual y Enrique Armiñana y otros, siendo muy peligroso (...)".
Observaciones
49 años, casado con María Escoda Francés, vecino de Benigánim (Valencia), hijo de Miguel y Teresa.
Detenido en Albaida, en 15.05.1939. En su declaración, reconoce "que después del 16 de febrero de mil novecientos treinta y seis tomó parte activa en la quema y destrucción del Convento de Padres Franciscanos en unión de sus convecinos [una relación de hombres y mujeres] (…). Que también tomó parte activa en la quema y destrucción de las Iglesias, Imágenes y efectos sagrados de esta Villa, que son los siguientes [se enumeran] (…)”. Reconoce así mismo la detención de dos personas que entregó al Comité en Alcira y fueron fusiladas, y pasar una lista de personas al mismo Comité, del que era vocal, dos de las cuales también fueron fusiladas.
Según los informes oficiales, pertenecía a la UGT, “siendo uno de los fundadores en esta localidad [Beniganim]”. Fue vocal del segundo Comité Revolucionario y Alcalde en el periodo rojo. Ingresado en prisión en 19.05.1939.
En la declaración indagatoria de 29.07.1939 reconoce estar afiliado a UGT antes y durante el GMN, que perteneció al Comité y fue Alcalde, y que hizo propaganda en favor de la izquierda. Acepta todos los cargos, haciendo sólo alguna matización.
En 11.08.1939 se ordena su traslado a la Prisión Celular de Valencia. Condenado en 29.08.1939, aprobada la sentencia por el Auditor en 29.09 y ejecutada en 08.03.1940. Según el certificado de defunción murió “a consecuencia de heridas múltiples de armas de fuego en virtud de procedimiento judicial”. Aunque no se dice expresamente, debió ser enterrado en el Cementerio Municipal de Paterna (Valencia).
En 13.02.1979, su viuda solicitó la gracia de amnistía para su esposo en la causa 652-V.