Gomis López, Andrés
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Gomis López, Andrés
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Alicante
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Nº causa/s
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10780
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Imputación delito
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Hurto
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Sentencia
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3 meses de arresto mayor, sin responsabilidad civil.
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Penas accesorias
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Suspensión de todo cargo durante el tiempo de condena.
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Conmutación de pena
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No
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Que habiendo trabado amistad con los soldados Ángel Peñaranda Olasagaista [sic] y José Cruz Múgica (en rebeldía), que prestaban los servicios de su clase en el campo de aparcamiento de automóviles de la “Florida” en Alicante, intervino con el Cruz Múgica en la sustracción de efectos allí depositados, sin que haya podido determinarse la cuantía de lo sustraído. Se apoderó también sin violencia de ninguna clase de una rueda de automóvil marca “Pirelli”·, en la casa donde trabajaba, cuya rueda ha sido valorada por peritos en 200 pesetas, cuyo valor unido a las sustracciones en el campo, y aún no determinado el de estas, rebasa la cantidad mínima necesaria para ser constitutivo de delito. Se hace constar que la rueda sustraída fue recuperada y entregada a su dueño”.
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Observaciones
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34 años, vecino de Alicante, casado, hijo de Antonio y María.
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Según los informes de Alcaldía y Policía, no perteneció a ningún partido político antes ni después del GMN. Afiliado al Sindicato de la Construcción, afecto a UGT.
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En octubre de 1941 se registró su casa en dos ocasiones, encontrándole una rueda de camión, que resultaría ser la robada de la empresa "Nueva Cerámica" en la que trabajaba. En 08.10 ingresó en prisión preventiva. En sus declaraciones reconoce el hurto de la rueda, y también haber desmontado piezas del Campo de Recuperación de Automóviles por encargo de Múgica que era quien las vendía, dándole a él una gratificación. En 12.11.1941, al serle devuelta la rueda, el dueño del camión retirará la denuncia.
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En 17.06.1942 se le pone en libertad provisional. Condenado en consejo de guerra celebrado en 05.06.1944, habiendo quedado extinguida la pena en 08.01.1942 una vez abonado el tiempo de preventiva. La sentencia quedó abrobada en 28.09.1944.