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Apellidos y Nombre
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Luján Muñoz, Miguel
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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El Barraco
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Ávila
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Nº causa/s
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23401 (Diligencias previas)
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109115 (Procedimiento sumarísimo)
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor, con las accesorias correspondientes y la responsabilidad civil que se determine.
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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20 años de reclusión menor con accesorias.
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“De ideas izquierdistas, fueron [él y Agustín Candil Sánchez] también Milicianos armados y realizaron servicios de guardia. Que al ser conducida Dª Nicolasa Villacastín en un automóvil hasta el lugar de su asesinato, la acompañaron ambos procesados, custodiándola y presenciaron su muerte, sin probarse que tomaran parte en ella”.
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Observaciones
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25 años, casado, vecino de El Barraco (Ávila), hijo de Felipe y Ángela.
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En 26.04.1939, se presentó a la Guardia Civil de El Barraco (Ávila), procedente de la zona roja, recientemente liberado. Manifestó que pertenecía a la UGT de la Casa del Pueblo local, y que establecido el Comité marxista se presentó voluntario y tomó las armas “para defender sus ideales”, cobrando 10 pts./día, ejerciendo como cabo de milicias, prestando servicio sin cometer desmanes ni saqueos, y cuando se ordenó el repliegue hacia Madrid, no fue con las milicias y sí con la familia, y volvió a unirse en Robledo de Chavela (Madrid), siguiendo varios sectores en retirada; en El Pardo estuvieron varios días de descanso y luego volvieron a la lucha en varios sectores de Madrid, durante 18 meses, siendo destinado por último a la 205 Brigada, sector de Levante, donde estuvo hasta que se rindió en 28.05.1939. En 29.02.1940 ingresó en la Prisión Provincial de Ávila.
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En 20.06.1941, nueva declaración en la que dice ahora que no es cierto que perteneciera a UGT y que tampoco prestó servicios de armas, dedicándose sólo a llevar comida a las tropas del Ejército rojo en el Cerro de la Cabrera (Madrid). En 11.10.1941 fue puesto en libertad provisional. Nueva declaración en 20.10.1941, negando la participación en los asesinatos de personas en El Barraco (Ávila), alegando que no estaba en el pueblo cuando ocurrió, pues había marchado con su familia a Robledo de Chavela (Madrid); otro de los encausados, Regino Hernández, dijo que había hecho guardia a las órdenes de Luján, "que hacía de cabo", en la casa del cura donde ocurrieron los hechos. En 13.12.1941 el Auditor decidió mantenerle en libertad provisional. Presta declaración indagatoria en 16.01.1942. En 03.11.1942 se ordena de nuevo su ingreso en prisión provisional.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en 05.10.1943 a 30 años de reclusión mayor, siéndole conmutada la pena por la de 20 años de reclusión menor en 06.12.1943.