Luján Muñoz, Miguel

Ficha

Apellidos y Nombre

Luján Muñoz, Miguel

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

El Barraco

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Tribunal/es juzgador

Plaza de Ávila

Nº causa/s

23401 (Diligencias previas)
109115 (Procedimiento sumarísimo)

Imputación delito

Adhesión a la rebelión

Sentencia

30 años de reclusión mayor, con las accesorias correspondientes y la responsabilidad civil que se determine.

Cárcel/cárceles

Prisión Provincial de Ávila

Conmutación de pena

Pena tras la conmutación

20 años de reclusión menor con accesorias.

Indulto

No

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

“De ideas izquierdistas, fueron [él y Agustín Candil Sánchez] también Milicianos armados y realizaron servicios de guardia. Que al ser conducida Dª Nicolasa Villacastín en un automóvil hasta el lugar de su asesinato, la acompañaron ambos procesados, custodiándola y presenciaron su muerte, sin probarse que tomaran parte en ella”.

Observaciones

25 años, casado, vecino de El Barraco (Ávila), hijo de Felipe y Ángela.
En 26.04.1939, se presentó a la Guardia Civil de El Barraco (Ávila), procedente de la zona roja, recientemente liberado. Manifestó que pertenecía a la UGT de la Casa del Pueblo local, y que establecido el Comité marxista se presentó voluntario y tomó las armas “para defender sus ideales”, cobrando 10 pts./día, ejerciendo como cabo de milicias, prestando servicio sin cometer desmanes ni saqueos, y cuando se ordenó el repliegue hacia Madrid, no fue con las milicias y sí con la familia, y volvió a unirse en Robledo de Chavela (Madrid), siguiendo varios sectores en retirada; en El Pardo estuvieron varios días de descanso y luego volvieron a la lucha en varios sectores de Madrid, durante 18 meses, siendo destinado por último a la 205 Brigada, sector de Levante, donde estuvo hasta que se rindió en 28.05.1939. En 29.02.1940 ingresó en la Prisión Provincial de Ávila.
En 20.06.1941, nueva declaración en la que dice ahora que no es cierto que perteneciera a UGT y que tampoco prestó servicios de armas, dedicándose sólo a llevar comida a las tropas del Ejército rojo en el Cerro de la Cabrera (Madrid). En 11.10.1941 fue puesto en libertad provisional. Nueva declaración en 20.10.1941, negando la participación en los asesinatos de personas en El Barraco (Ávila), alegando que no estaba en el pueblo cuando ocurrió, pues había marchado con su familia a Robledo de Chavela (Madrid); otro de los encausados, Regino Hernández, dijo que había hecho guardia a las órdenes de Luján, "que hacía de cabo", en la casa del cura donde ocurrieron los hechos. En 13.12.1941 el Auditor decidió mantenerle en libertad provisional. Presta declaración indagatoria en 16.01.1942. En 03.11.1942 se ordena de nuevo su ingreso en prisión provisional.
Condenado en Consejo de guerra celebrado en 05.10.1943 a 30 años de reclusión mayor, siéndole conmutada la pena por la de 20 años de reclusión menor en 06.12.1943.