Aguilar Tercero, Domingo
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Aguilar Tercero, Domingo
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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La Solana
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PSOE
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Fecha de afiliación UGT
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1931
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Campo de Criptana (Ciudad Real)
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Nº causa/s
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1051
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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20 años y 1 día de reclusión mayor
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Pertenecía a la UGT y Partido Socialista y durante el periodo de la dominación marxista en Campo de Criptana fue directivo de la Filial de Trabajadores de la Tierra, interviniendo como tal en las incautaciones de las Fincas Rústicas y Urbanas de que se apoderaron los marxistas; fue jefe de un grupo de escopeteros dedicado a practicar registros domiciliarios siendo muchos en los que intervino el inculpado que al hacer el de la casa de D. Isidro Angulo, convirtió el registro en saqueo pues rompió puertas, muebles, imágenes y cuadros religiosos; asistió a la manifestación que se celebró en el pueblo citado con motivo del entierro del capitán rojo de aquella localidad muerto en el frente, Manuel Martín Casero, y a la que igualmente se celebró con ocasión del entierro del Alcalde marxista Matías Olivares, estando acreditado que en ambos actos se pronunciaron discursos y se lanzaron gritos incitando al asesinato aun cuando no consta si el procesado fue autor de algunos hechos que fueron seguidos, días después, de varios fusilamientos de personas de derechas”.
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Observaciones
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56 años, casado, hijo de Pedro y Manuela.
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En su declaración de 30-agosto-1939, dijo pertenecer a la Casa del Pueblo desde 1931. Y en otra posterior (14-mayo-1940) reconoció haber estado afiliado a UGT (Trabajadores de la tierra) antes y después del Movimiento.
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En prisión preventiva desde 30-agosto-1939 en la Prisión de Santo Domingo.
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Condenado por sentencia de 07-noviembre-1940, siendo conmutada la pena por el Auditor en 28-enero-1941 por la inmediatamente inferior. La cumpliría en el Penal de Valdenoceda (Burgos).