Aguilar Sánchez, Saturio
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Aguilar Sánchez, Saturio
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Sexo
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Hombre
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Fecha de fallecimiento
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16 febrero 1942
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PCE
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SRI
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Fecha de afiliación UGT
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1925
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Cargos desarrollados en UGT
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Tesorero
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Aranjuez (Madrid)
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Nº causa/s
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48376
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Imputación delito
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Excitación a la rebelión
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Sentencia
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6 años y 1 día de prisión mayor, con accesorias legales y responsabilidad civil.
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Conmutación de pena
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No
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“De antecedentes izquierdistas y revolucionarios, afiliado a la UGT desde el año 1925, de la que fue tesorero, al partido comunista desde 1937 y al SRI desde febrero de 1938, desempeñando el cargo de secretario; en los primeros días del Movimiento hizo guardias como miliciano armado y durrante todo el periodo de dominación roja hizo propaganda de sus ideas disolventes en mítines, exaltando en sus conversaciones públicas la causa roja e insultando a las Autoridades Nacionales. Con anterioridad al 18 de Julio ya manifestó sus ideas sectarias al hacer objeto de persecución a personas de ideología derechista”.
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Observaciones
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En el procedimiento 48376, se acumulan las causas seguidas contra diferentes personas de izquierdas, por hechos ocurridos en diferentes pueblos de Madrid en 1936-39. El inicial de Aguilar era el nº 48391.
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52 años, vecino de Aranjuez (Madrid), casado con Teresa Fernández, hijo de Pablo y Gabina.
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En prisión preventiva desde 17-julio-1939. Prestó declaración indagatoria el mismo día, ratificándose en la que ya había hecho ante el SIPM en 06-mayo. Reconoció su pertenencia a UGT desde 1925, al SRI desde febero de 1938, siendo secretario durante 10 meses aproximadamente, y al PCE desde 1937. Desempeñó en UGT cargo de contador durante 4 meses hacia el año 1929. Según Fiscal fue apoderado de la candidatura socialista en las elecciones de 1933.
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Condenado por sentencia de 23-septiembre-1939 (aprobada por el Auditor en 13-octubre-1939) a la pena de 6 años y 1 día de prisión mayor. En libertad condicional desde 17-julio-1941, en 29-julio-1943 se le denegó la conmutación. Pero había fallecido ya en 16-febrero-1942, en el Hospital Provincial de Murcia.