Barcelona Clemente, José
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Barcelona Clemente, José
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Fecha de afiliación UGT
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1931
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Orihuela (Alicante)
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Nº causa/s
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11002
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Imputación delito
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Auxilio a la rebelión militar, con las atenuantes de falta de peligrosidad y trascendencia.
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Sentencia
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12 años y 1 día de reclusión menor
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Conmutación de pena
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No
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Afiliado a la UGT desde el año 1931. Alcalde de San Miguel de Salinas desde antes de iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional hasta la Liberación, y durante su actuación se llevaron a cabo requisas e incautaciones a más del incendio de la Iglesia en 1º de Mayo de 1936. Favoreció a personas de derechas” (según las conclusiones del fiscal). No concurren circunstancias modificativas de Responsabilidad criminal.
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Observaciones
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41 años, casado, vecino de San Miguel de Salinas (Alicante), hijo de Miguel y María.
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Detenido por denuncias del incendio de la iglesia local, incautaciones, detenciones y torturas de personas de derechas. En prisión preventiva desde 06-febrero-1942. En su primera declaración de 03-marzo-1942 (se ratificaría en otra de 17-marzo), negó los cargos que se le imputaban. Reconoció haber pertenecido a UGT desde 1931. Estuvo en el Ejército sólo dos meses cuando se movilizó su reemplazo. Desde la proclamación de la República y hasta finales de marzo de 1939
–con excepción del bienio Gil-Roblista– ostentó el cargo de alcalde de su localidad, sin que se cometieran detenciones ni crímenes; sí se recogieron muebles de algunas fincas para que no los robaran, y el día en que se incendió la iglesia salió para Torrevieja a pedir fuerzas al Gobernador que impidieran los saqueos.
En prisión atenuada desde 12-marzo-1942.
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En 10-febrero-1943, se conformó con la pena de 12 años y 1 día de prisión menor propuesta por el ministerio fiscal. Dejaría extinguida la condena en 06-febrero-1954.