Martínez Adrián, Carmelo

Ficha

Apellidos y Nombre

Martínez Adrián, Carmelo

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Valencia/València

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT
Partido Autonomista
Izquierda Republicana

Cargos desarrollados en UGT

Presidente el Ramo de Zapateros durante 1/3 meses.

Tribunal/es juzgador

Plaza de Valencia del Cid

Nº causa/s

13420

Imputación delito

Auxilio a la rebelión

Sentencia

12 años y 1 día

Penas accesorias

Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante la condena.

Cárcel/cárceles

Prisión Celular/Cárcel Modelo de Valencia
Prisión de Partido de Liria (Valencia)
Prisión Central de Santa María del Puig, Valencia

Conmutación de pena

Pena tras la conmutación

5 años de prisión menor.

Indulto

No

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

“(…) Con instrucción y sin antecedentes penales, e izquierdista destacado. Llegado el Glorioso Alzamiento fue presidente de la UGT y voluntario para hacer guardias en los controles, así como a los detenidos de derecha y en la fábrica de explosivos roja y otros de interés para la causa marxista".

Observaciones

50 años, casado, hijo de Juan y Derencia, vecino de Godella (Valencia).
En el atestado de la Guardia Civil tras su detención, en 26-agosto-1939, reconoció en su declaración estar afiliado a Izquierda Republicana y a la UGT, habiendo ocupado el cargo de Presidente del Ramo de Zapateros en esta última. También haber sido voluntario desde el primer día del Alzamiento para realizar servicios de armas en los controles. Y haber sido enfermero en el Hospital Militar de Godella (Valencia) hasta que entraron las tropas nacionales.
En la declaración indagatoria que prestó ante el juez en 27-agosto-1939, se ratificó en la anterior, precisando que sólo tuvo el cargo de Presidente de la sindical de su ramo durante 1/3 meses. Que prestó servicio de armas durante 2/3 meses en la carretera de Bétera y en el Ayuntamiento 2/3 días, haciendo guardia para evitar que se fugaran los detenidos por orden del Comité. También hizo guardias en la Fábrica nº 7, negando que se fabricaran allí pistolas sino pistones y fulminantes. Por su servicio de guardia cobró 10 pts./día pagadas por el Comité.
En la segunda declaración indagatoria de 15-diciembre-1939, reconoció haber sido "siempre republicano". Se añade al expediente un certificado de buena conducta de la fábrica de calzado "Hijos de Rafael Gil" de Valencia donde había trabajado antes de la guerra.
Condenado en Consejo de guerra celebrado en 26-febrero-1940 a la pena de 12 años y 1 día. Aprobada por el Auditor en 7-marzo-1940. Según su cálculo de liquidación de condena, había ingresado en la cárcel en 14-octubre-1939, por lo que extinguiría condena en 14-octubre-1951, una vez abonado el tiempo de preventiva. Sin embargo, en 11-marzo-1941 se propuso la conmutación de su pena por la de 5 años de prisión menor, que fue aprobada al día siguiente. Quedó en libertad en 13-marzo, expidiéndosele certificado en 7-mayo-1942. Licenciado definitivamente en 30-noviembre-1944.

Conjuntos de fichas