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Apellidos y Nombre
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Boix Vicente, Arturo
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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CNT-AIT
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Cargos desarrollados en UGT
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Vocal
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Valencia del Cid
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Nº causa/s
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13420
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Imputación delito
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Auxilio a la rebelión
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Sentencia
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15 años de reclusión menor
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Penas accesorias
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Inhabilitación absoluta durante la condena
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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10 años de reclusión mayor
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“(…) Con instrucción y sin antecedentes penales, afiliado a la UGT como Sindical, fue miliciano al servicio del Comité donde estaba como Comandante del puesto de milicias, intervino en la quema de la Iglesia y ermita, y después fue voluntario al Ejército marxista. Liberada ya la población de Godella por las Armas Nacionales, profirió insultos contra el Benemérito Instituto de la Guardia Civil, diciendo que estos eran los verdugos del pueblo”.
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Observaciones
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27 años, soltero, hijo de Juan y Dolores, vecino de Godella (Valencia).
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En su declaración ante la Guardia Civil y después ante el juez, en 27-agosto-1939, reconoció haber estado afiliado a la UGT, Sección de Albañiles, antes del Movimiento, con cargo de vocal "desde hacía muchos años"; y durante el GMN a la CNT-AIT. Prestó servicios como guardia armado con escopeta en los primeros momentos -sin intervenir en el incendio de la iglesia de la ermita, en la quema de imágenes ni en otros hechos delictivos-, hasta ingresar voluntario en el Ejército rojo, en la Columna de Torres Benedito, saliendo para el frente en 17-agosto-1936, siendo ascendido a cabo cornetas en la 104 Brigada, 415 Batallón, en los frentes de Teruel, conduciendo y protegiendo un convoy, después a Toledo y Talavera de la Reina; cayó prisionero en Tremp en 24-mayo-1938, siendo confinado en diferentes campos de concentración hasta ser destinado en 8-diciembre-1936 al 155 Batallón de Trabajadores, en el que permaneción hasta 22-junio-1939, fijando después su residencia en Godella (Valencia). Se ratificó en la indagatoria de 24-noviembre-1939.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en 26-febrero-1940 a la pena de 15 años de reclusión menor. Había ingresado en 14-octubre-1939 y extinguiría la condena, una vez descontado el tiempo de preventiva, en 13-octubre-1954. Sin embargo, en 21-marzo-1941, le fue conmutada por la de 10 años de prisión mayor.
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En 21-marzo-1942 estaba ingresado en el Sanatorio Penitenciario de Porta-Coeli de Valencia. Estaba en trámite el expediente de libertad condicional. La obtuvo en 27-mayo-1942, después de reiteradas solicitudes de la documentación, con certificado de 8-mayo-1942. Propuesta de conmutación aprobada en 14-septiembre-1943, que le permitió extinguir pena en 13-octubre-1949, con licenciamiento definitivo en 12-julio-1949., con certificado de 13-octubre-1949.