Pérez Muñoz, Augusto
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Pérez Muñoz, Augusto
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Sexo
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Hombre
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Fecha de fallecimiento
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17 febrero 1941, 08:00
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Fecha de afiliación UGT
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marzo 1936
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de San Clemente (Cuenca)
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Plaza de Cuenca
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Nº causa/s
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1112
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor, con accesorias y la responsabilidad civil que se determinase.
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Conmutación de pena
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No
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Indulto
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Sí
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Fecha indulto
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14 febrero 1947
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Afiliado a la UGT, actuó como miliciano armado a las órdenes del Comité; intervino en la recogida de armas a las personas de derechas y en la destrucción de la iglesia y quema de sus imágenes, interviniendo igualmente en detenciones de personas de derechas que más tarde recobraron la libertad, a excepción del Sacerdote Don Cipriano Buendía que, detenido en unión de otros por el encartado, fue conducido a la iglesia Parroquial desde donde fue sacado para ser asesinado”.
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Observaciones
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27 años, casado, hijo de Venancio y Paula, vecino de Castillo de Garcimuñoz (Cuenca).
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Detenido por la Guardia Civil en 2-mayo-1939, después de haber itentado fugarse, , a raíz de las denuncias recibidas por su actuación durante la guerra. En su declaración de 30-junio-1939 .reconoció haberse afiliado a UGT en marzo-1936, hasta noviembre cuando marchó forzoso al Ejército rojo. Reconoció haber participado en la detención de personas por orden del Comité y haber hecho guardias durante 15 días antes de ir al frente. Se ratificó en la indagatoria de 9-agosto-1939. Se fugó mientras estaba detenido, pero fue capturado y conducido a la prisión municipal.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en San Clemente (Cuenca), en 29-septiembre-1939, a la pena de 30 años de reclusión mayor. Sin embargo, el Auditor devolvió la causa por acusar falta de diligencias en 21-octubre-1939. En un nuevo Consejo de guerra celebrado en Cuenca, en 4-octubre-1940, quedó ratificada la pena, aprobada por el Auditor en 23-diciembre; el Consejo no estimó conveniente su conmutación; dejaría extinguida la pena, una vez abonado el tiempo de preventiva, en 12-julio-1969.
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En 10-noviembre-1945 solicitó el indulto, acogiéndose al Decreto de 9-octubre-1945; el fiscal informó negativamente, pero el Auditor discrepó y propuso su concesión en 3-febrero-1947, aprobándose el día 14. Había sido puesto en libertad condicional en 15-febrero-1946, regresando a su pueblo.