Pérez Muñoz, Augusto

Ficha

Apellidos y Nombre

Pérez Muñoz, Augusto

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Fecha de fallecimiento

febrero 17, 1941 08:00

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Fecha de afiliación UGT

marzo 1936

Tribunal/es juzgador

Plaza de San Clemente (Cuenca)
Plaza de Cuenca

Nº causa/s

1112

Imputación delito

Adhesión a la rebelión

Sentencia

30 años de reclusión mayor, con accesorias y la responsabilidad civil que se determinase.

Cárcel/cárceles

Prisión Central del Monasterio de Uclés (Cuenca)
Cárcel del Seminario de San Julián, Cuenca
Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo)

Conmutación de pena

No

Indulto

Fecha indulto

febrero 14, 1947

Fuentes documentales del proceso

Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

“Afiliado a la UGT, actuó como miliciano armado a las órdenes del Comité; intervino en la recogida de armas a las personas de derechas y en la destrucción de la iglesia y quema de sus imágenes, interviniendo igualmente en detenciones de personas de derechas que más tarde recobraron la libertad, a excepción del Sacerdote Don Cipriano Buendía que, detenido en unión de otros por el encartado, fue conducido a la iglesia Parroquial desde donde fue sacado para ser asesinado”.

Observaciones

27 años, casado, hijo de Venancio y Paula, vecino de Castillo de Garcimuñoz (Cuenca).
Detenido por la Guardia Civil en 2-mayo-1939, después de haber itentado fugarse, , a raíz de las denuncias recibidas por su actuación durante la guerra. En su declaración de 30-junio-1939 .reconoció haberse afiliado a UGT en marzo-1936, hasta noviembre cuando marchó forzoso al Ejército rojo. Reconoció haber participado en la detención de personas por orden del Comité y haber hecho guardias durante 15 días antes de ir al frente. Se ratificó en la indagatoria de 9-agosto-1939. Se fugó mientras estaba detenido, pero fue capturado y conducido a la prisión municipal.
Condenado en Consejo de guerra celebrado en San Clemente (Cuenca), en 29-septiembre-1939, a la pena de 30 años de reclusión mayor. Sin embargo, el Auditor devolvió la causa por acusar falta de diligencias en 21-octubre-1939. En un nuevo Consejo de guerra celebrado en Cuenca, en 4-octubre-1940, quedó ratificada la pena, aprobada por el Auditor en 23-diciembre; el Consejo no estimó conveniente su conmutación; dejaría extinguida la pena, una vez abonado el tiempo de preventiva, en 12-julio-1969.
En 10-noviembre-1945 solicitó el indulto, acogiéndose al Decreto de 9-octubre-1945; el fiscal informó negativamente, pero el Auditor discrepó y propuso su concesión en 3-febrero-1947, aprobándose el día 14. Había sido puesto en libertad condicional en 15-febrero-1946, regresando a su pueblo.

Conjuntos de fichas