Amador Ordóñez, Juan José

Ficha

Apellidos y Nombre
Amador Ordóñez, Juan José
Sexo
Hombre
Profesión
Jornalero
Organizaciones de militancia
UGT
Nº causa/s
39023750
Imputación delito
Adhesión a la Rebelión Militar
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Fuentes documentales del proceso
"Base de datos elaborada por PREMHEX (Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura)"
Archivo General Militar de Ávila, Gobierno Militar de Badajoz, Sentencias
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“De mala conducta, sin antecedentes penales, por haber sido amnistiado su intervención en la huelga campesina de 1933 y afiliado a la UGT, durante la dominación roja en el pueblo de su vecindad actuó como miliciano a las órdenes del Comité, siendo el encargado de prestar un recibo 111.000 pesetas a los presos como indemnización por el tiempo que estuvo preso en Ocaña, lo que hizo aconsejado por el Comité sin que percibiese ninguna cantidad por tal concepto, hizo objeto de malos tratos a los detenidos entre ellos a D. Regino Gómez al que con otros facturó la clavícula, tomó parte en registros y saqueos que no se han determinado y tres días antes de liberarse el pueblo vino a Badajoz, no constando que hubiera regresado a Talavera ni que hubiera por ello tomado parte en el asesinato de 23 de las personas detenidas llevado a cabo momentos antes de la liberación. En zona roja ingresó como voluntario en las filas rebeldes prestando servicios en la 45, 149 y 217 Brigadas como simple soldado y desempeñó el cargo de Comisario accidental de una compañía desde el 21 de Septiembre de 1938 hasta el 12 de Enero de 1939, sin que conste que en esta corta y transitoria actuación de Comisario hubiera perseguido ni se hubiera ocasionado la muerte ni daño de otra índole a personas adictas al Movimiento Nacional; al cesar de Comisario continuó como simple soldado hasta el término de la guerra en que fue detenido (…).- Su conducta, unida a sus antecedentes políticos-sociales demuestran [sic] de forma harto evidente una completa identificación, así como una cabal adhesión, a las directrices, procedimientos de violencia del movimiento revolucionario de carácter comunista iniciado en una gran parte del territorio Nacional el 18 de Julio de 1936”. (Consejo de guerra. Archivo General Militar, Ávila)
Observaciones
"El número de causa se corresponde con la referencia aportada por PREMHEX"