Blanco Gómez, Diego
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Blanco Gómez, Diego
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Castuera
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Cargos desarrollados en UGT
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Vocal
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Imputación delito
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Adhesión a la Rebelión Militar
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Sentencia
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30 años de reclusión
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Penas accesorias
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Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante la condena
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Fuentes documentales del proceso
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"Base de datos elaborada por PREMHEX (Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura)"
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AGA ALCALÁ DE HENARES EXP. RRPP Sección(8)006 001 44/12484.Exp.73663
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Archivo General Militar de Ávila, Gobierno Militar de Badajoz, Sentencias
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Resultando: Que el procesado DIEGO BLANCO GÓMEZ era fundador del partido socialista local y vocal de la Sociedad de Obreros del Campo, tomando parte como propagandista en los mítines celebrados y actuaba como Juez Municipal Suplente, iniciado el Movimiento presta guardias armado en distintos lugares y en la cárcel donde se encuentran detenidas las personas de derechas, participa en el registro al Sr. Calzadilla y en la destrucción de la Iglesia y de las Imágenes Sagradas (Consejo de guerra).
“Considerando (…) que su conducta, unida a sus antecedentes políticos-sociales demuestran de forma harto evidente una completa identificación, así como una cabal adhesión, a las directrices, procedimientos de violencia del movimiento revolucionario de carácter comunista, iniciado en una gran parte del territorio Nacional el 18 de Julio de 1936”.
“Considerando (…) que la peligrosidad social que representa el procesado (…), la perversidad moral del mismo demostrada por su participación en actos de extrema violencia contra las personas, la trascendencia de dichos actos y los daños irrogados a consecuencia de los mismos (…)”.
“De mala conducta, de antecedentes izquierdistas. Afiliado a la UGT, desempeñando el cargo de vocal y siendo fundador de la Casa del Pueblo. Durante el dominio rojo en esta localidad ejerció el cargo de juez municipal suplente. Hizo guardias con armas voluntariamente, intervino en registros, presenció la profanación de imágenes y formaba parte de la presidencia en los mítines extremistas que se celebraban en esta localidad. Al liberarse el pueblo marchó a zona roja siendo detenido a la terminación de la campaña por el delito de auxilio a la rebelión. Con fecha 10-5-1943 llegó a esta localidad procedente de la Prisión de Badajoz con los beneficios de libertad condicional, habiendo sufrido cuatro años y 13 días. Actualmente se encuentra en libertad vigilada”. (Informe de Responsabilidades Políticas. AGA, Alcalá de Henares)
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Observaciones
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Hijo de Manuel y Cándida.
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Fundador de la Casa del Pueblo