Blázquez Tamayo, Raimundo Julián

Ficha

Apellidos y Nombre
Blázquez Tamayo, Raimundo Julián
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Monterrubio de la Serena
Provincia de nacimiento
Badajoz
Profesión
Labrador
Organizaciones de militancia
UGT
PCE
Cargos desarrollados en UGT
Presidente
Nº causa/s
39032634
Imputación delito
Adhesión a la Rebelión, con la concurrencia de circunstancias de agravación
Sentencia
Pena de muerte
Fuentes documentales del proceso
"Base de datos elaborada por PREMHEX (Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura)"
Archivo General Militar de Ávila, Gobierno Militar de Badajoz, Sentencias
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Sin antecedentes penales, presidente de la UGT, con anterioridad al movimiento Nacional y después de iniciado este, presidente del partido comunista de Monterrubio. Al constituirse en rebeldía las organizaciones marxistas de este pueblo frente al ejército el 18 de julio de 1936, ocupó el cargo de vocal del Comité revolucionario constituido en el pueblo para organizar y dirigir la resistencia rebelde, participando con tal carácter, que hasta el final adoptaron por esta entidad directiva de la rebelión practicando personalmente detenciones de convecinos que consideraba desafectos al frente popular, y ordenando como miembro de la colectividad de campesinos incautación de bienes y todo género de violencia contra las propiedades de los vecinos de filiación derechista, interviniendo directamente el procesado en algunos actos de esta naturaleza. En unión de otros cabecillas marxistas firmo una denuncia contra su convecino, Manuel Balsera Parra, que se hallaba en Madrid de guardia de Seguridad, y un hermano de este considerándolo fascista, por lo que fueron asesinados pocos días después de haberse presentado la denuncia”.

“Considerando (…) que su conducta eterna unida a sus antecedentes políticos-sociales demuestran de una forma harto evidente una completa identificación, así como una cabal adhesión, a las directrices y procedimientos de violencia del movimiento revolucionario de carácter comunista, iniciado en una gran parte del territorio Nacional al diez y ocho de julio de mil novecientos treinta y seis”.

“(…) Teniendo en cuenta la peligrosidad social que representa el procesado, la perversidad moral del mismo, demostrada por su participación en actos de extrema violencia contra las personas, la trascendencia de dichos actos y daños irrogados a consecuencia de los mismos (…)”.
(Consejo de guerra. Archivo General Militar, Ávila)
Observaciones
"El número de causa se corresponde con la referencia aportada por PREMHEX"
Presidente del PCE. Vocal del Comité revolucionario. Condenado a la pena de muerte, aunque no consta si fue ejecutado.