Lleras Infante, Miguel
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Lleras Infante, Miguel
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Zafra
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Nº causa/s
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41023333
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Imputación delito
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Adhesión a la Rebelión
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Sentencia
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30 años
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Penas accesorias
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Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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15 años de reclusión
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Fuentes documentales del proceso
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Base de datos elaborada por PREMHEX (Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura)
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Archivo General Militar de Ávila, Gobierno Militar de Badajoz, Sentencias
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Afiliado a la UGT, formaba durante los días de la dominación roja en su pueblo parte de la llamada partida de la goma, que se dedicaba a maltratar a las personas de orden, actuando con las armas en la mano a las órdenes de los dirigentes marxistas, prestando el servicio de guardias y actuando en la saca de los detenidos de derechas de la prisión de Santamaría [sic], por cuyos hechos fue juzgado ordinariamente por consejo de guerra en Mérida, en sentencia de 15 de julio de mil novecientos treinta y nueve, en el procedimiento de 1138 de dicho año. Iniciado este nuevo procedimiento por denuncia de varios vecinos de Zafra en el mismo, y como nuevos hechos, parece que el encartado, estando prestando servicios de policía como jefe de guardias en el cruce de las carreteras de Zafra a la Estación férrea y el de San Juan del Puerto a Cáceres, en fines de julio de 1936, al pasar un automóvil donde con su familia iba el jefe de estación José García Velasco, le hizo dos disparos con un revólver, no haciendo blanco por haberse encasquillado el arma y no salir el proyectil, de cuyo hecho se jactó más tarde el procesado, refiriéndolo en el Salón Café Romero, diciendo ‘esta bala ha salvado la vida al jefe de Estación’; habiéndose así mismo comprobado que otro día hizo objeto de malos tratos al joven estudiante de Villagarcía de las Torres, Inocencio Blanco Martín; así mismo tomó parte en la expulsión de los religiosos del Corazón de María de su residencia, dedicándose, según los informes de la Alcaldía, después a saqueos y robos. Huyo de Zafra al liberarse marchando a zona roja”.
“Considerando que (…) su conducta, unida a sus antecedentes político-sociales, demuestran de una forma harto evidente una completa identificación, así como una cabal adhesión, a las directrices y procedimientos de violencia del movimiento revolucionario de carácter comunista iniciado en una gran parte del territorio Nacional el diez y ocho de Julio de mil novecientos treinta y seis”.
“OTRO Sí: El consejo de guerra (…), propone respetuosamente a la superioridad la conmutación de la pena impuesta a por la de QUINCE AÑOS (…)”.
(Consejo de guerra. Archivo General Militar, Ávila)
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Observaciones
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El número de causa se corresponde con la referencia aportada por PREMHEX
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