Pérez Merino, Ramón

Ficha

Apellidos y Nombre
Pérez Merino, Ramón
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Ribera del Fresno
Provincia de nacimiento
Badajoz
Profesión
Jornalero
Organizaciones de militancia
UGT
Nº causa/s
39006185
Imputación delito
Adhesión a la Rebelión Militar
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Sobreseimiento
Penas accesorias
Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante la condena
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
20 años y 1 día de reclusión
Fuentes documentales del proceso
"Base de datos elaborada por PREMHEX (Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura)"
Archivo del Juzgado de Almendralejo Nº.1. Responsabilidades Políticas
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
Auto-resumen: Badajoz, 16-abril-1940.

“RESULTANDO: Que se inició procedimiento sumarísimo de urgencia en virtud de orden de proceder del Sr. Jefe de los Servicios de Justicia de Mérida contra RAMÓN PÉREZ MERINO (…). Se le atribuyen los hechos que se relatan en el auto de procesamiento (…) y que solamente admite el procesado haber sido voluntario en el llamado ejército rojo en el Batallón de Los Castúos. Los testigos de descargo nada aclaran sobre su actuación durante el G.M.N., por no haber estado ninguno de los dos propuestos en Ribera del Fresno durante él”.

Consejo de guerra: Badajoz, 7-mayo-1940. Procedimiento sumarísimo de urgencia nº 6185:

“De mediana conducta, sin antecedentes penales, afiliado a la UGT; durante la dominación roja en el pueblo de su vecindad hizo activa propaganda revolucionaria, prestó servicios de guardias, formó parte de los grupos que se dedicaron a detener a las personas de orden, interviniendo el procesado personalmente en la de D. Fernando Biendi; igualmente practicó registros domiciliarios y saqueos de cortijos, entre otros en el de Quintana, sin que conste cuál hubiera sido el producto del saqueo; y al ser liberado el pueblo huyó a zona roja, ingresando como voluntario en el Batallón de ‘Los Castúos’, con el que actuó en diversos frentes hasta el término de la guerra en que fue detenido”.

“Considerando que (…) su conducta, unida a sus antecedentes políticos-sociales, demuestran de una forma harto evidente una completa identificación, así como una cabal adhesión a las directrices y procedimientos de violencias del movimiento revolucionario de carácter comunista iniciado una gran parte del Territorio Nacional el 18 de Julio de 1936”.

(Expediente de Responsabilidades políticas. Archivo Judicial de Almendralejo, Badajoz; nº 1224-41)
Observaciones
"El número de causa se corresponde con la referencia aportada por PREMHEX"
26 años, vecino de Ribera del Fresno, soltero, jornalero, hijo de Francisco y María.
El Consejo de guerra formuló propuesta de conmutación de la pena por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor, aprobada por el Auditor en Mérida, 30-05-1940.
Según su declaración jurada (Astorga, 12-01-1942) y los informes del Ayuntamiento, vecinos, Falange y Guardia Civil de Ribera del Fresno: “no se le conocen bienes de ninguna clase propios o terceros que tuviera en su poder” (cónyuge, el padre, Francisco Pérez Vicioso –fallecido– y la madre, María Merino Becerra”.