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Apellidos y Nombre
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Muro Calabia, Pedro
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Sexo
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Hombre
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Fecha de nacimiento
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29 abril 1909
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Organizaciones de militancia
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UGT
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JSU
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Fecha de afiliación UGT
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1925
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Fecha de afiliación PSOE
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1934
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Tribunal/es juzgador
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Juzgado Instructor Permanente nº 9 de Estella (Navarra)
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Plaza de Pamplona (Consejo de guerra)
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Nº causa/s
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116
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Imputación delito
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Rebelión Militar
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Sentencia
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Reclusión perpetua
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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6 años y 1 día de prisión mayor, con accesorias.
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“PEDRO MURO CALAVIA, socialista y hombre de acción directa dentro del partido, que en las elecciones de Febrero de 1936 se dedicó a tapar los pasquines de las candidaturas de derechas, sostituyéndolos [sic] por otros de izquierda, el cual desde el primer momento salió voluntario con las huestes rojas en el Batallón Larrañaga (...); el JUAN SILVA NAZARA, de filiación comunista, trabajando entusiastamente en pro de las izquierdas en la segunda vuelta de las elecciones en Madrid, y al iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional, marchó voluntario con los rojos separatistas (…)”.
“Que los procesados, juntamente con el otro también procesado en rebeldía, MARCOS ARGOTE LACA, clasificados favorablemente por la comisión de prisioneros de Santoña que, sin duda no teniendo en cuenta los informes de los mismos obrantes en este Sumario, con ocasión de venir a Estella desde Vitoria con destino al Batallón Montaña Arapiles nº 7, el día 13 de Septiembre de 1937, en conversación estuvieron haciendo comentarios [sic] como partidarios de los rojos, diciendo entre otras cosas que ‘la oleada roja era muy fuerte y que tenía que triunfar’, ‘que una vez conseguido el triunfo, volvería a España el dinero depositado en Bayona, y aquella sería rica’, y ‘que antes de volver a Bilbao de donde eran vecinos, preferían vivir en el monte como salvajes’”.
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Observaciones
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28 años, casado con Concepción González, vecino de Bilbao; según su ficha militar y el certificado de nacimiento, había nacido el 29-abril-1909 como hijo de Valentín Muro Gil y Dominica Calabia García, nieto de Antonio Muro García y Mauricia Gil (paternos), y de Felipe Calabia -difunto- y Encarnación García (maternos).
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Detenido en 8-febrero-1938, siendo recluta del Batallón de Montaña de Arapiles en Estella, por haber hecho supuestamente manifestaciones contrarias al Movimiento junto con otros dos compañeros, mientras viajaban en el tren para incorporarse a su Batallón el día 14-septiembre-1937. Se hizo careo con las dos señoras testigos de la conversación en 20-septiembre-1937.
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En su primera declaración, el día 17-septiembre-1937, dijo ser vecino de Bilbao desde hacía veintisiete años. Que tras la liberación había sido clasificado en Santander como miliciano presentado. En la ficha clasificatoria que se inserta en el expediente, fechada en 11-septiembre-1937, consta que había sido hecho prisionero con armas como soldado del Batallón nº 1, Brigada 149 (según los informes oficiales había estado combatiendo en el frente de Ochandiano a Santander); fue clasificado en el apartado A de la regla 1ª.
En su primera declaración de 17-septiembre-1937, reconoció haberse afiliado al Sindicato de Artes Gráficas, afecto a la UGT, en 1925, cuando empezó a trabajar como tipógrafo-encuadernador, y al PSOE en 1934; en las dos últimas elecciones generales había votado, respectivamente, al PSOE y al Frente Popular. Negó las conversaciones contra el Movimiento que les atribuían a él y a sus compañeros, añadiendo que venían muy cansados del viaje y que llevaban tres días sin comer caliente. En la segunda declaración de 5-febrero-1938, se ratifica en lo anterior, y especifica que en 18-julio-1936 estaba trabajando en la imprenta de Zunzunegui y continuó hasta ser movilizado por su sindicato en septiembre de 1936, pasando después al Batallón México con el que hizo toda la campaña como simple miliciano. Negó haber tapado pasquines de partidos de derechas con otros de izquierda en las últimas elecciones. Y dijo haber pertenecido a las JSU después de un año del advenimiento de la República, pero que "a raíz de la unificación de las huestes de Largo Caballero con las de Prieto, se dio de baja por no estar conforme con las doctrinas de Largo Caballero".
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Según los informes oficiales, su esposa, Concepción González, había sido abanderada de la agrupación de la fraternidad de las Mujeres Modernas de Torre-Urizar, habiendo acudido en compañía de otras a todos los entierros de milicianos rojos en Bilbao.
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En 8-febrero-1938 se comunica su ingreso en el calabozo mientras se encontraba en la Unidad de Depósito, a disposición judicial. Vuelve a declarar en 25-febrero-1938. Condenado en Consejo de guerra celebrado en 4-julio-1938 a la pena de reclusión perpetua; aprobada por el Auditor en 2-agosto, por lo que extinguiría en 1-febrero-1968. Posteriormente, la Comisión Provincial de Navarra elevó propuesta de conmutación por la pena de 6 años y 1 día de reclusión mayor, con las accesorias de la condena inicial; se aprobó en en 6-octubre-1941, lo que le permitiría dejar extinguida la condena en 8-febrero-1944. Esta recluido entonces en la Prisión Fortaleza de San Cristóbal.