Camarasa Luna, José
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Camarasa Luna, José
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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IR
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Fecha de afiliación UGT
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mayo 1931
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Alicante
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Nº causa/s
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1169
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Imputación delito
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Adhesión a la rebelión, sin circunstancias
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor
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Penas accesorias
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Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena; y la responsabilidad civil que se determine.
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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20 años y 1 día de reclusión mayor
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“De mala conducta y antecedentes, y afiliado a Izquierda Republicana y UGT con anterioridad al Glorioso Alzamiento; durante este fue Vocal del Frente Popular desde su formación hasta Marzo de 1937 y Presidente de la Comisión de agricultura y de fincas incautadas, habiendo exigido la documentación de una de ellas al vecino Antonio Hernández; tomó parte en destrucción de imágenes del culto, exarciones [sic] de dinero con amenazas y saqueo del Cuartel de la Guardia Civil, del que se llevó correaje; ingresó voluntario en filas rojas”.
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Observaciones
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43 años, soltero, vecino de Biar (Alicante), hijo de Miguel y Carmen.
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Detenido en la cárcel de Biar en 4-abril-1939. La Guardia Civil le toma declaración en 20-mayo. En ella reconoce que Desde mayo-1931 estaba afiliado a la UGT. A los pocos días de estallar la guerra fue nombrado vocal del Frente Popular, hasta 9-marzo-1937. En agosto de 1936 fue Presidente de la Comisión de Agricultura y a cargo de la administración de las fincas incautadas. En agosto 1937 fue voluntario al Ejército, incorporándose en la Compañía de Sanidad de la 117 Brigada en Lécera (Zaragoza), tomando parte en la ofensiva sobre Belchite y operaciones del Sillero, pasando después al de Teruel, Priego (Cuenca), de nuevo Teruel y de ahí al hospital hasta mayo-1938 que se incorporó de nuevo al frente, alternando con estancias en hospitales por enfermedad, dado de alta en noviembre-1938 con orden de incorporarse, pero marchó a su casa. Se ratifica en la indagatoria de 22-febrero-1940, estando preso en la Cárcel de Monóvar.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en 29-abril-1940 a la pena de 30 años de reclusión mayor; la extinguiría en 14-mayo-1969. Aprobada por el Auditor en 3-mayo. En 26-febrero-1944, se propuso la conmutación por la pena de 20 años y 1 día de prisión mayor, que extinguiría en 15-mayo-1959; fue aprobada en 24-julio-1944. En 22-octubre de este mismo año se le expidió certificado de libertad condicional, fijando su residenciar en Biar. Estaba internado entonces en la Prisión de Partido de Novelda.