García García, Raimundo
Ficha
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Apellidos y Nombre
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García García, Raimundo
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Sexo
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Hombre
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Fecha de fallecimiento
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17 agosto 1941, 05:00
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Fecha de afiliación UGT
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1934
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Toledo
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Nº causa/s
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1174
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Imputación delito
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Auxilio a la rebelión militar
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Sentencia
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15 años de reclusión
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Penas accesorias
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Inhabilitación absoluta durante la condena y la responsabilidad civil que se determine.
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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12 años y 1 de reclusión menor, con accesorias.
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Indulto
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No
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“De ideas izquierdistas, se le vio durante el dominio rojo en Toledo llevando un arma larga con la que prestó varios servicios de guardia, además denunció a los milicianos su antiguo patrón llamado Torrijos, que fue contratista de la recogida de basuras de esta Capital, y con quien tuvo un disgusto que motivó el despido del procesado. En virtud de esta denuncia, los milicianos trataron de encontrar al citado Torrijos sin encontrarlo. Según informes, el citado Torrijos trataba muy duramente a sus obreros”.
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Observaciones
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40 años, casado, vecino de Toledo, hijo de Pedro y Amelia.
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Detenido por la GC en 4-marzo-1937, después de haber tenido conocimiento de que había sido miliciano armado y había intentado con otros detener y asesinar a un vecino de la ciudad, amenazando a su esposa para que le dijera su paradero. Prestó declaración en 11-marzo-1937, ratificada en la indagatoria de 19-mayo. Dijo que había regresado del extranjero (Francia) en 1934 y se había afiliado a UGT, Sección de Oficios Varios. Reconoció que al estallar la guerra salió a la calle con una escopeta, según él, por ser como los demás, pero que siguió con su vida y su trabajo hasta que entraron las tropas nacionales. Negó el intento de detención de quien había sido su patrón.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en 26-julio-1937 a la pena de 15 años de reclusión, que extinguiría en 4-marzo-1952. Aprobada la sentencia por el Auditor en 3-agosto-1937 y ratificada por la Comisión Provincial de Examen de Penas de Toledo en 6-marzo-1940.
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En 24-julio-1944 se le conmutó la pena por la de 12 años y 1 día de reclusión menor, que habría dejado extinguida en 4-marzo-1949. Sin embargo, había fallecido tres años antes, el 17-agosto-1941, a los 43 años, según el certificado de defunción, mientras cumplía condena en la Colonia Penitenciaria de San Leonardo de Yagüe.