Gaspar Cimorra, Juan
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Gaspar Cimorra, Juan
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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IR
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Fecha de afiliación UGT
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octubre 1936
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Madrid
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Nº causa/s
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33193 (acumulado 33277)
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Sentencia
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Absolución
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“JOSÉ TORRES GIL, JUAN SANCHO TRAVIESO y JUAN GASPAR CIMORRA, observaron durante el periodo rojo buena conducta, actuando en el Economato antes referido como Agente de Compras, representante de sus compañeros para reclamaciones y representante en contabilidad respectivamente, sin que de las actuaciones practicadas se acredite la intervención de estos encartados en otros actos”.
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Observaciones
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48 años, casado, vecino de Madrid, hijo de Francisco y Virginia.
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En su declaración de 30-abril-1939 dijo haber ingresado en la Compañía MZA en 26-diciembre-1907, con un sueldo de 7.000 pts./año desde 1-enero-1934 + una mensualidad extraordinaria. Había ascendido por antigüedad en enero-1938, con un sueldo de 7.875 pts. con el abono retroactivo de la subida, pues tenía que haber ascendido el año anterior. Se había afiliado al Sindicato Nacional Ferroviario, afecto a la UGT, en octubre-1936 y a Izquierda Republicana en diciembre del mismo año. Dijo también que por estar empleado con anterioridad en la Federación Española de Fútbol estaba obligado durante la guerra a pertenecer al menos nominalmente al Batallón Deportivo creado en la misma para defender sus intereses, pero no pudo ser alta "por carecer de los necesarios antecedentes políticos y sindicales", aunque por ser empleado le facilitaron documentos y uniforme hasta noviembre-1936 en que el Batallón perdió su autonomía. Dijo haber contribuido a la suscripción del Gobierno republicano con la cantidad obligada por el sindicato. Se ratificó en la declaración indagatoria de 11-julio-1939. Se decretó entonces prisión atenuada en domicilio, con obligación de presentarse los días 1 y 15 de cada mes.
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Absuelto en Consejo de guerra celebrado en 6-diciembre-1939, quedando en libertad definitiva.