González Abeijón, Santos
Ficha
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Apellidos y Nombre
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González Abeijón, Santos
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Sexo
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Hombre
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Fecha de nacimiento
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1 noviembre 1899, 22:00
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Organizaciones de militancia
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UGT
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Fecha de afiliación UGT
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1932
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Pamplona
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Nº causa/s
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12486 (acumulado nº 14756)
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Imputación delito
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Adhesión la rebelión militar
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Sentencia
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30 años de reclusión mayor
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Penas accesorias
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Interdicción civil e inhabilitación absoluta.
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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6 años de reclusión menor
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Afiliado a UGT, huyó después de declarado el estado de Guerra a Bríncola donde fue provisto de armamento por el Frente Popular, interviniendo como técnico en la colocación de teléfonos para el ejército rojo, formando parte de un grupo que tiroteó a tres personas derechistas que intentaban pasar a las Fuerzas Nacionales, huyendo después a Bilbao y prestando servicios como ferroviario en Amurrio y después como vigilante de túneles en Bilbao, huyendo finalmente a Santander, continuando prestando servicios como ferroviario hasta la entrada de las Fuerzas Nacionales”.
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Observaciones
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Su segundo apellido aparece en el expediente juidicial también como "Abeijóon".
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37 años, casado, factor suplementario de la Compañía de Ferrocariles del Norte en Alsasua (Navarra). Hijo de Dalio (o Galo) González y Micaela Abeijón; nieto de Benigno González y Barbara (paternos) y de Francisco Abeijón y Hermenegilda Maestre (maternos).
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Al iniciarse la guerra se había alistado voluntario en 20-julio-1936 en el Ejército republicano, proporcionándole armas el Frente Popular en Bríncola (Navarra) y destinándole al 1er Regimiento de Ferrocarriles , con la misión de llevar a cabo el servicio técnico de colocación de teléfonos. En 26-agosto-1937 se presentó en Santander a las autoridades nacionales, sin armas, con el resto de las fuerzas. En 12-noviembre fue clasificado por la Comisión de Pamplona, ante la que relató su trayectoria y reconoció haberse afiliado a UGT, Sindicato Nacional Ferroviario, en 1932. Fue enviado a la Prisión provincial de Pamplona en espera de juicio.
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Condenado en Consejo de guerra celebrado en 13-julio-1939 a la pena de 30 años de reclusión mayor, con las accesorias correspondientes, que extinguiría en 17-septiembre-1967; aprobada por el Auditor en 20-julio-1939.
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En 14-agosto-1940 obtuvo la libertad condicional, fijando su residencia en Alsasua (Navarra). En 6-octubre-1941 le concedieron la conmutación de la pena por la de 6 años de prisión menor, que extinguiría en 25-agosto-1943, manteniendo las accesorias primitivas.
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En 21-junio-1951 solicitó copia de la sentencia y conmutación para unirla a los documentos de solicitud de readmisión en la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles, amparándose en el perdón concedido por el Gobierno a todos los ferroviarios separados del servicio por delitos político-sociales.